BOLETÍN OFICIAL Nº 102 – 06/09/19
Dr. R. Sebastian Cabana- Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. JOSE MARIA FERNANDEZ, D.N.I. Nº 37.105.866 que en el Expte Nº C-050.978/15, caratulado: “Ejecutivo: CARSA S.A. c/ FERNANDEZ, JOSE MARIA”, se dictó la siguiente Sentencia fs. 71/72 vlta.: “San Salvador de Jujuy, 13 de Noviembre de 2017.- Autos y Vistos:…-Resulta:…-Considerando:…-Resuelve: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CARSA S.A. en contra de JOSE MARIA FERNANDEZ, D.N.I. Nº 37.105.866, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de Pesos Diez Mil Cuatrocientos Cuatro con Ochenta y Seis ctvos. ($10.404,86.-) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro”, (L.A. 54, Fº 673- 678- Nº 235) y con más un interés punitorio equivalente al 50% desde la mora (acaecida con fecha 14/08/2014)y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere.- 2º) Imponer las costas a la demandada vencido (Art. 102 del C.P.C). 3º) Regular los honorarios profesionales de la letrada interviniente Dr. Analía Elizabeth Almazán, en la suma de Pesos Tres Mil Quinientos con Cero ctvos. ($3.500,00.-), conforme L.A. Nº 19, Fº 182/184 Nº 96 de fecha 24/05/16, por su actuación en el doble carácter fijados a la fecha de la sentencia, por lo que sólo en caso de mora, devengará interés igual a la tasa Activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro”, (L. A. 54, Fº 673-678- Nº 235), y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere.- 4º) Notificar por cédula, y por Edicto, y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.154 del C.P.C.).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Silvia Molina: Prosecretaria”.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Salvador de Jujuy, 11 de Mayo de 2.018
02/04/06 SEPT. LIQ. Nº 18494 $615,00.-