BOLETÍN OFICIAL Nº 100 – 02/09/19

Cesión de Cuotas Sociales.- Entre el Señor ENRIQUE ABBA, D.N.I. N° 32.307.540, CUIT N° 23-32307540-9, nacido el día 08 de julio de 1986, argentino, comerciante, con domicilio en calle Sarmiento N° 174- piso 7- dpto. “F” de la ciudad de San Salvador de Jujuy, de 30 años de edad, soltero, en adelante denominado “EL CEDENTE”, y por la otra parte la Señora LAURA MARIA CRISTINA VALENTINUZ, D.N.I. N° 14.693.639, CUIT N° 27-14693639-9, nacida el día 20 de noviembre de 1961, argentina, con domicilio en calle Sarmiento N° 174- piso 7- dpto. “F” de la ciudad de San Salvador de Jujuy, de 56 años de edad, divorciada, comerciante, en adelante denominada “LA CESIONARIA”, intervienen por sus propios derechos y convienen en celebrar la presente CESION DE CUOTAS SOCIALES, la que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones.- PRIMERO: El Señor Enrique Abba es socio de la sociedad “LAURA VALENTINUZ S.R.L.”, CUIT N° 30-71485827-7, a merito de: 1) Contrato Constitutivo otorgado mediante instrumento privado de fecha 10 de julio de 2014 y Asamblea Unánime de modificación del contrato social otorgada mediante instrumento privado de fecha 22 de abril de 2015, ambos inscriptos en el Registro Público de Comercio al Folio 215, Acta Numero 215 del Libro V de S.R.L y registrado con copia bajo Asiento Nº 33 al Folio 243/250 al Legajo XX – Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. todo en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 25 días del mes de junio de 2.015; 2) Que, conforme el contrato social y acta modificatoria antes mencionados, el Señor Enrique Abba es titular de treinta (30) cuotas sociales de PESOS MIL ($1.000) valor nominal cada una, lo que totaliza su participación social en la suma de pesos treinta mil ($30.000), equivaliendo al diez por ciento de la totalidad de las cuotas sociales.- SEGUNDO: Que la sociedad tiene un capital social total de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000), dividido en 300 cuotas sociales de pesos mil ($1.000) valor nominal cada una y de un voto por cuota. En la actualidad el capital social está suscripto e integrado en su totalidad. Que, no pesa sobre las mismas derecho de prenda, usufructo o cualquier otro derecho real, así como que sobre las mismas no se ha trabado embargo ni ninguna otra medida cautelar que impida o limite su libre disponibilidad. Que, no pesa sobre ellos ninguna incapacidad de derecho o de hecho o inhibición general de bienes, prohibición de contratar, o cualquier otro tipo de limitación a la libre disponibilidad de sus derechos, como así también que no ha sido demandado en causas de contenido patrimonial ni está en cesación de pagos ni se le ha pedido la quiebra. Que, la situación patrimonial, como así también el valor de los activos y pasivos de “la sociedad”, es el que surge de sus libros, comprobantes y demás documentación contable. Que, el funcionamiento de “la sociedad” es regular y corresponde a las constancias de los libros de actas y contables. Que, “la sociedad” es propietaria exclusiva y está en posesión de todos los bienes de uso y de cambio que constan en sus libros.- TERCERO: El Señor Enrique Abba CEDE Y TRANSFIERE a favor de la Señora Laura María Cristina Valentinuz, el cien por ciento de su participación societaria, esto es, la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponden en “LAURA VALENTINUZ S.R.L.”, es decir, la cantidad de treinta (30) cuotas sociales de PESOS MIL ($1.000) valor nominal cada una. Por su parte LA CESIONARIA acepta las cuotas sociales cedidas a su favor, que sumadas a las doscientas diez (210) cuotas sociales que ya poseía en el carácter de socia, pasa a ser Titular de doscientos cuarenta (240) cuotas sociales de Pesos Mil ($1.000) valor nominal cada una, lo que hace un total de pesos doscientos cuarenta mil  ($ 240.000) y representa el ochenta por ciento (80 %) del capital social.- CUARTO: La presente cesión se realiza por el precio total de Pesos Treinta Mil ($30.000) suma ésta que el CEDENTE recibió con anterioridad a éste acto de manos de la CESIONARIA en dinero en efectivo a su entera satisfacción, otorgando por medio de la presente suficiente recibo y carta de pago en legal forma, manifestando que el importe de la cesión comprende además del aporte societario transferido en la forma expuesta, las utilidades devengadas hasta la fecha, los beneficios y las pérdidas que pudieran corresponderle hasta la fecha, admitiendo que a partir de la fecha los resultados de la gestión social será por cuenta de la cesionaria, renunciando además expresamente a cualquier otro derecho, beneficio o retribución que pudiera atribuírsele por haber formado parte de la sociedad o por servicios prestados a la misma, y que resigna irrevocablemente cualquier pretensión o reclamo ulterior, presente o futuro contra la sociedad o contra sus integrantes y se declara separado de la misma desde este momento y transferido respectivamente sus aportes sociales en la forma expresada a la Sra. Laura María Cristina Valentinuz, todo de plena conformidad.- QUINTA: El CEDENTE transmite a favor de la CESIONARIA todos los derechos y acciones inherentes a las cuotas cedidas, subrogando al adquirente en su mismo lugar y grado de prelación. Por su parte la Cesionaria impuestos de la presente cesión de cuotas, prestan su total conformidad y aceptación.- SEXTA: Los Sres. ENRIQUE ABBA y LAURA MARIA CRISTINA VALENTINUZ declaran bajo fe de juramento que los datos personales consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que NO se encuentra incluido y/o alcanzado dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por la Unidad de Información Financiera, Resolución Nº 52/2012, que han leído. Además, asumen el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- SEPTIMA: Los Sres. ENRIQUE ABBA y LAURA MARIA CRISTINA VALENTINUZ declaran bajo fe de juramento que la sede social de “LAURA VALENTINUZ S.R.L.”, centro principal de dirección y administración de las actividades de la entidad relacionada, tiene efectivo funcionamiento en calle Lavalle N° 421 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, departamento Dr. Manuel Belgrano, provincia de Jujuy.- En prueba de conformidad, a los 31 días del mes de mayo de 2019 en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ACT. NOT. N° B 00492572- A 00211193, ESC. GASTON SANTIAGO APARICIO- TIT. REG. N° 34- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 13 de Agosto de 2019.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO

02 SEPT. LIQ. Nº 18549 $300,00.-