BOLETÍN OFICIAL Nº 100 – 02/09/19
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Secretaria N° 4 de la Provincia de Jujuy.- Dr. Diego A. Puca, Juez, en Expte. N° C-104901/2017, caratulado: “Acción de Cambio de Nombre: LLAMPA, BELARMINO PANCRACIO”, se hace saber que en este Juzgado, Secretaria N° 4, se tramita la presente causa, en la que sea dictado el Decreto que se transcribe a continuación: San Salvador de Jujuy, 01 de Abril de 2019.- Atento la presentación efectuada por la Dra. Álvarez, lo manifestado por el Registro Civil y lo dictaminado por el Ministerio Fiscal, recaratúlense los presentes autos como: “Acción de Cambio de Nombre: LLAMPA, BELARMINO PANCRACIO, comuníquese a Mesa Gral. de Entradas.- Asimismo admítase y dese a la presente causa el trámite prescripto por los Arts. 69 y 70 del C.C.C.N. y Art. 289 Inc. 2 de C.P.C.- Ordenase la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en un diario local, una vez al mes durante dos meses, haciendo saber que se inicio el trámite de cambio de nombre, solicitado LLAMPA BELARMINO PANCRACIO, formular oposición al mismo dentro de los quince días hábiles, contados a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de hacerse lugar a lo solicitado.- Líbrense los correspondientes oficios a los Juzgados y Cámaras Civiles, a fin de que informen si existen medidas precautorias en contra del Sr. LLAMPA BELARMINO PANCRACIO, D.N.I. N° 10.384.714.- Líbrese oficio a la Dirección Gral. de Inmuebles de la Provincia, para que informen sobre la existencia de inhibiciones e inhabilitaciones, promovidas en contra del Sr. LLAMPA BELARMINO PANCRACIO, D.N.I. N° 10.384.714.- (Ley Prov. 3327/76).- Líbrese oficio al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas a fin de que informen si sobre el Sr. LLAMPA BELARMINO PANCRACIO, D.N.I. N° 10.384.714 pesa algún tipo de incapacidad (Art. 76 D.L. Nacional N° 8294/63).- Oportunamente y luego de los tramites de ley, pasen nuevamente al Ministerio Fiscal y al Registro Civil y Capacidad de las Personas.- Debiendo la letrada, confeccionar los oficios, edictos y presentarlos para su control y firma.- Notifíquese por cedula.- Fdo. Dr. Diego A. Puca-Juez-Ante mí Dra. Elisa Marcet.- Publíquese por edicto una vez por mes durante dos meses en un diario local.- San Salvador de Jujuy, 31 de Mayo de 2019.-
02 AGO. 02 SEPT. LIQ. Nº 18263 $410,00.-