BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 30/08/19
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7 Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C-093630/17, caratulado: “Ejecutivo: CREDINEA S.A. c/ JARAMILLO MARIA LUISA”, se hace saber al demandada Sra. MARIA LUISA JARAMILLO, la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 22 de Octubre de 2018:- I-Proveyendo la presentación de fs. 55: Atento lo manifestado y constancias de autos, notifíquese la providencia de fs. 14 a la demandada Sra. MARIA LUISA JARAMILLO, mediante Edictos-Art.162 del C.P.C.- II.- Notifíquese y expídase Edictos.- Fdo.: Dra. Liz Valdecantos Bernal-Juez.- Ante mí: Dra. Sandra Torres-Secretaria”.- Providencia de fojas 14: “S.S. de Jujuy, 02 de Agosto de 2017.-.., líbrese en contra del demandada MARIA LUISA JARAMILLO, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate, por la suma de Pesos: Doce Mil Cien con Veinte centavos ($12.100,20.-), en concepto de capital con más la de Pesos: Tres Mil Seiscientos Treinta con Seis centavos ($3.630,06.-) calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio.- En defecto de pago, trábese Embargo…, cíteselo de Remate para que en el término de cinco días, concurra ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria 14, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante ésta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- Córrase traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual término antes mencionado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo y también por el plazo señalado se intimará a la demandada, para que constituya domicilio legal dentro del radio de los Tres Kilómetros, del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en los sucesivos por Ministerio de la Ley (Art. 52 del ítem).- Notifíquese y expídase Mandamiento.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez Ante mi: Dra. Sandra Torres- Secretaria.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria: Dra. Sandra Torres.- San Salvador de Jujuy, 22 de Octubre de 2018.-
30 AGO. 02/04 SEPT. LIQ. Nº 18490 $615,00.-