BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 30/08/19

Dr. Juan Pablo Calderón, Juez por Habilitación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 17, hace saber que en el Expte. Nº D-008433/14, caratulado: Ejecutivo: Prepara Via “TARJETA NARANJA S.A. c/ RIVETTI GUSTAVO GUILLERMO” se ha dictado la siguiente resolución: “San Pedro de Jujuy, 11 de Marzo de 2019 Autos y Vistos:…Resulta:…y Considerando:…Resuelvo: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en contra de RIVETTI, GUSTAVO GUILLERMO (DNI 24.258.348), y hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado de Pesos Catorce Mil Seiscientos Cuarenta y Cuatro con Setenta y Nueve ($14.644,79).- Dicho monto devengará intereses a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de Nación Argentina, conforme lo dispuesto en la última doctrina sentada por nuestro Superior Tribunal de Justicia en la causa nº 7096/09, de fecha 11/5/11, registrada en L.A. nº 54, Fº 673/678, nº 235) tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del titulo y hasta la mora, considerada ésta a la fecha de trabarse la litis, y de allí en más los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijarán en un 50% de los moratorios.- II.- Imponer las costas del presente a la parte demandada (art. 102 del CPC).- III. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta la etapa de liquidación.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento ordenado oportunamente, notificando la presente resolución por Edictos y en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del C.P.C.).- V.- Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón- Juez por Habilitación- ante mi Dra. Laura Duaso Fernández- Prosecretaria Técnica de Juzgado”.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 02 de Julio de 2019.-

 

28/30 AGO. 02 SEPT. LIQ. Nº 18466 $615,00.-