BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 30/08/19

La Dra. Elba Rita Cabezas, Vocal Habilitada de la Cámara Civil y Comercial, Sala Primera, Vocalía 2, Secretaria a cargo del Dr. Ignacio Guesalaga, en el Expte. Nº C-052136/2015, caratulado: Ordinario por Escrituración-Daños y Perjuicios: CALAPEÑA, JUAN MARCELO c/ CORVALAN REBECA, hace saber a la Sra. REBECA CORVALAN que se ha dictado la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy,  20 de Noviembre de 2018.- 1.- Atento lo solicitado y el informe Actuarial que antecede, dese a la demandada SRA. REBECA CORVALAN por decaído el derecho que dejó de usar y haciendo efectivo el apercibimiento con que fuera emplazada, téngase por contestada demanda en los términos del Art. 298 del C.P.C.; debiéndosele notificar la presente mediante edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- 2.- No habiéndose notificado en persona, oportunamente se designará al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- 3.-….- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. Elba Rita Cabezas-Vocal habilitada-Ante mi: Dr. Ignacio Guesalaga-Secretario.-

 

26/28/30 AGO. LIQ. N° 18277 $615,00.-