BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 30/08/19

Dr. Esteban J. Arias Cau, Vocal de la Sala Primera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y habilitado en la Vocalía 2 en el Expte. N° B-271.244/12 caratulado: “Ordinario por Cobro de Pesos: LIMSA S.A. c/ DAZ RAUL HUMBERTO” hace saber al Sr. RAUL HUMBERTO DAZ de las siguientes providencias: San Salvador de Jujuy, 28 de Agosto de 2.013.- 1) Proveyendo al escrito que antecede: Agréguense los aportes de Estampillas Profesional, Previsional  y C.A.P.S.A.P. y el Tributo de Tasa de Justicia acompañados en autos por la Dra. Iriarte Duberti, ténganse presentes y por cumplida la intimación de fojas 41.  2) De la demanda Ordinaria por Cobro de Pesos incoada en contra de RAUL HUMBERTO DIAZ, córrase traslado con las copias respectivas en el domicilio denunciado (fojas 37), para que la conteste en el término de Quince Días, bajo apercibimiento de tenerla por contestada en los términos del Art. 298 del C. P. Civil. En igual plazo intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kms. del asiento de esta Secretaría, bajo apercibimiento de mandarse a notificar en lo sucesivo por Ministerio de ley (Art. 52 C. P. Civil).- Notificaciones en Secretaría, los días martes y jueves o el siguiente hábil en caso de feriado.- 3) Actuando el principio contenido en el 1er. Párrafo del Art. 72 del C.P. Civil, impónganse al letrado presentante la carga de confeccionar la diligencia ordenada para su posterior control y firma del Tribunal.- 4) Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Víctor Farfán Vocal Habilitado, ante mí: Dra. Claudia Cuevas Secretaria.- “San Salvador de Jujuy, 10 de Noviembre de 2014.- Atento las constancias de autos y lo solicitado, dese al accionado Sr. RAUL HUMBERTO DIAZ, por decaído el derecho que dejó de usar y haciendo efectivo el apercibimiento con que fuera emplazado téngase por contestada la demanda en los términos del art. 298 del C.P.C.; notifíquese en el domicilio real y en lo sucesivo al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes a quien se designa su representante legal.- Hágase saber al letrado solicitante que deberá confeccionar las diligencias y presentarlas para control y firma conforme lo previsto en el art. 72 del C.P.C.- Notifíquese por cédula.- Fdo: Dra. María V. Paganini -Vocal-ante mí Dra. Mariana del V. Drazer -Secretaria”.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 5 de Julio de 2019.-

 

26/28/30 AGO. LIQ. N° 18073 $615,00.-