BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 30/08/19

Dra. Claudia R. Cuevas, Secretaria de la Sala III Vocalía Nº 7 de la Cámara Civil  Comercial de esta ciudad de San Salvador de Jujuy, en el Expte. C-107468/18, Caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en EXPTE B-209049/09: ARIAS GUADALUPE CRECENCIO c/ BAES JUAN DE DIOS”, hace saber la siguiente Resolución: “San Salvador de Jujuy 5 de Junio de 2018.- I) Téngase por cumplimentada la intimación realizada a fs. 23, de la demanda instaurada en autos, córrase traslado a JUAN DE DIOS BAES y a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir para que contesten dentro del plazo de quince días (15) hábiles, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho, si así no lo hicieren (Art. 298 del CPC., Art. 531 del C.P.C.- conforme modificación Ley 5486).- A tal fin publíquese edictos en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días.- Asimismo procédase a la Exhibición del edicto pertinente en el Juzgado de Paz con jurisdicción en la localidad de Valle Grande a sus efectos (Arts. 498 y 499 del C.P.C.).- Transmitir mediante radiodifusión local durante treinta (30) días debiendo acreditarse con la certificación respectiva (Art. 535 del C.P.C., Ley 5486), asimismo cúmplase con lo dispuesto por el (Art. 536 del C.P.C., conforme Ley 5486) respecto del cartel indicativo.- II) Atento a la entrada en vigencia del nuevo código Civil y Comercial de la Nación (ley 26994) y la aplicación inmediata que corresponde efectuar de sus normas de orden procesal, como es la que surge del Art. 1905 (tercer Párr.) del referido cuerpo legal, ordénase la Anotación de Litis respecto del bien inmueble objeto de la presente causa.- III) Conforme el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del C.P.C., impónese a la solicitante la carga de confeccionar las diligencias ordenadas precedentemente para su posterior control y firma las que deberán presentarse en esta Sala y Vocalía.- IV) Notifíquese Art. 155 y 156 del C.P.C.- Fdo. Dr. Carlos M. Cosentini-Juez, Ante mí, Dra. Claudia Cuevas, Secretaria”.- Publíquese Edictos en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días.- Procédase a la Exhibición del Edicto en el Juzgado de Paz con jurisdicción en la localidad de Valle Grande (Arts. 498 y 499 del C.P.C.).- Transmítase mediante Radiodifusión Local durante treinta (30) días debiendo acreditarse con la certificación respectiva.- San Salvador de Jujuy, 4 de Junio de 2019.-

 

26/28/30 AGO. LIQ. Nº 18426 $615,00.-