BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 28/08/19

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO N° 2010.19.040.-    

EXPEDIENTE N° 16-9002-2019-1.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 AGO. 2019.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 7317/2019, mediante la cual se declara en emergencia al Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros en el ámbito de prestación de servicio de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, promulgada por Decreto Nº 1760.19.040 de fecha 17 de Julio de 2019; y

CONSIDERANDO:

Que, la misma tendrá una vigencia de dos (2) años, pudiendo ser prorrogado por dos (2) años más, con acuerdo del Concejo Deliberante, si se mantuviera dicho estado;

Que, el Artículo 4º de la referida Ordenanza dispone que Departamento Ejecutivo deberá efectuar un estudio integral de la estructura de costos más beneficios que refleje la situación estructural actual del Sistema de Transporte Público Automotor de Pasajeros y enviar trimestralmente una actualización del estudio de costos;

Que, el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 7317/2019, autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a determinar la compensación para el Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros por el Boleto Estudiantil Gratuito y Universal que abonará la Municipalidad de San Salvador de Jujuy a las Empresas de Transporte, en base a los parámetros y conclusiones del estudio de costos establecido por el Artículo 4º de la referida Ordenanza;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Dispónese a partir del 08 de Agosto de 2019 el aumento de la compensación del Boleto Estudiantil Gratuito y Universal (BEGU), para el Sistema de Transporte Público Colectivo de Pasajeros que abonará la Municipalidad de San Salvador de Jujuy a las Empresas de Transporte, en la suma de Pesos Ocho con Cincuenta ($ 8,50) para los Abonos Secundarios, Terciarios y Universitarios; y de Pesos Cinco ($ 5,00) para los Primarios.‑

ARTICULO 2°.- Publíquese, en el Boletín Oficial Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Tránsito y Transporte, Dirección General de Comunicación, remitiéndose nota del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente