BOLETÍN OFICIAL Nº 96 – 23/08/19
El Dr. Esteban J. Arias Cau Vocal Pte. de trámite de la Sala I, Cámara Civil y Comercial Voc. Nº 3, en el Expte. C-098806/17 “Daños y Perjuicios CACERES, GUSTAVO SEBASTIAN CABRERA, NICOLAS c/ LUNA, FELIPE JAVIER Y BORJA AMADO SEBASTIAN”, procede a notificar el presente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 8 de Mayo de 2019.- I.- Atento el informe actuarial y lo solicitado, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 59.- En consecuencia, dese al accionado AMADO SEBASTIAN BORJA por decaído el derecho a contestar la demanda incoada en su contra (Art. 298 del C.P.Civil).- No habiendo constituido domicilio legal, notifíquese la presente por edictos y las posteriores providencias por Ministerio de ley.- II.- Asimismo, advirtiendo que el demandado no ha sido notificado en persona y una vez firme la notificación de la presente providencia, vuelva a despacho a los efectos de la designación del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. III.- Atento el estado del trámite pónganse los autos a los fines y por el término del Art. 301 del C.P.C.- IV.-Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau -Vocal- Ante mi, Dra. Claudia Evangelina Geronimo, Prosecretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 30 de Mayo de 2019.-
16/21/23 AGO. LIQ. Nº 18348 $615,00.-