BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 25/07/07

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

SECRETARIA DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Anexo A: Procedimientos

Para Tasa de  Servicio Urbano de Limpieza en la Vía Pública:

El empleado público municipal deberá presentar el formulario F-DR-16 “Solicitud de Descuento”, en dos copias, junto con el resto de los requisitos generales y específicos previsto en el Art. 1º de la presente, en la Dirección General de Rentas- Área Proyecto Catastro o Sector que al efecto se designe, quien refrendará la solicitud presentada y entregará el original de la misma al contribuyente, previa constatación de la documentación aportada.

El Área Proyecto Catastro o sector que al efecto se designe, será el encargado de: 1) Organizar el archivo de la documentación aportada por el contribuyente, a los efectos de facilitar tareas de fiscalización a cargo de la Dirección General de Rentas, y 2) Confeccionar, dentro de las veinticuatro (24) horas de recepcionada/s la/s solicitud/es, un listado con la nómina de todos los empleados municipales que tramitan el descuento, a fin de ser remitido en original a Dirección General de Informática, archivándose una copia en esa Área. Esta lista contendrá: Datos personales del Empleado Público Municipal, Datos del sujeto pasivo del tributo, CUIL, Nº de Padrón, Domicilio del Inmueble, Nº de legajo del empleado municipal, entre otros datos.

Dirección General de Informática procederá a actualizar la Base de Datos del Sistema de Recaudación (SINRE- MODINAM), dentro de las veinticuatro (24) horas de recibido el listado, procurando tomar las medidas de sistema necesarias para que al momento de liquidar el impuesto, en la boleta de pago a emitir se incluya la leyenda “Descuento del 50% según Ordenanza 4405/05” y con discriminación del importe total del tributo, el monto al que asciende el descuento y el importe neto a pagar, los que serán calculados automáticamente por el sistema al momento de proceder a la liquidación.

Transcurridos las cuarenta y ocho (48) horas de la presentación de la solicitud de descuento, el contribuyente estará habilitado para solicitar la determinación y liquidación del tributo en las ventanillas habilitadas al efecto.

Para los restantes tributos:

El empleado público municipal deberá presentar junto al formulario F-DGR-16/A “Solicitud de Descuento” el resto de los requisitos generales detallados en el Artículo 1º, y de corresponder los requisitos específicos, en las dependencias municipales competentes, y solicitar la determinación y liquidación del tributo por el cual gestionará el descuento.

Previa verificación del cumplimiento de los requisitos, se confecciona el formulario habilitado por cada unidad de Organización para la determinación de la deuda (F-765), el que será rubricado por el Director de la Unidad de Organización o personal autorizado, previa inclusión de la leyenda “descuento del 50% según Ordenanza 4405/05” y discriminando el importe total del tributo / tasa, el monto al que asciende el descuento y el importe neto a pagar. Este formulario será confeccionado por triplicado.

El contribuyente se apersonará a las unidades de recaudación habilitadas munido del formulario previsto en el apartado anterior, para ingresar el pago, recibiendo a cambio el original del formulario con el sellado de caja respectivo.

Las unidades de Recaudación dependientes de la Dirección General de Rentas retendrá en su poder el triplicado, para su posterior rendición, y remitirán el duplicado a la Unidad encargada de la prestación del servicio para su conocimiento, la que tendrá a su cargo el archivo y/o registro de la documentación aportada por el solicitante, a fin de facilitar el control a ejercer por la Dirección General de Rentas, según las facultades previstas en esta Resolución.

Situaciones especiales:

* Cuando se trate de “Tasa por Actuaciones Administrativas” y “Venta de Impresos y Publicaciones Municipales”, no caracterizados como tributos de percepción regular y liquidados a través del Sistema SINRE (MODINAM), la Dirección General de Rentas tomará las medidas técnicas necesarias para que el personal responsable de su liquidación, operativice el beneficio del 50 % de descuento sobre el importe a abonar por éstas tasas / servicios. La documentación aportada por el contribuyente y un listado emitido por el sistema de los descuentos otorgados serán archivados por sector responsable de la administración del tributo a fin de facilitar las tareas de fiscalización y control por parte de la Dirección General de Rentas.

* El contribuyente deberá exhibir el formulario F-DGR-16 o F-DGR-16/A “Solicitud de Descuento” cada vez que quiera hacerse acreedor de este beneficio.

* Otras situaciones no previstas, serán puestas a consideración de la Dirección General de Rentas.

 

C.P.N. FERNANDO ENRIQUE ESQUIVEL

Director General de Rentas

Municipalidad de S. S de Jujuy

25 JUL. S/C.