BOLETÍN OFICIAL Nº 92 – 14/08/19

DECRETO Nº 8492-S/2019.-

EXPTE. Nº 723-61/16.-

Agdos. Nº 723-1213/16, Nº 723-1236/16, Nº 723-1232/16, Nº 723-1256/16, Nº 723-1010/16, Nº 723-1225/16, Nº 723-72/17, Nº 723-1241/16, Nº 723-1233/16, Nº 723-1073/16, Nº 700-547/18, Nº 723-439/17, Nº 723-509/17, Nº 723-1240/16 y Nº 723-410/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 ENE. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación derivada del Expte. N° 723-61/16, caratulado “LIB. DE PAGO 925”, cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables a la Partida 03-10-15-01-26 “Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2018 – -Ley N° 6046, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto debiendo el organismo respectivo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR