BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 31/07/19

DECRETO Nº 5394-VOT/2014.-

EXPTE. Nº 711-P/1987.-

AGREG. Nº 0516-2477/91.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 AGO. 2014.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.– Establécese que la adjudicación a favor de los Sres. LAMAS, REINALDO DNI N° 18.156.916 y PÉREZ, MARÍA ASUNCIÓN DNI 24.149.301, del terreno fiscal individualizado como Lote N° 17, Manzana N° 377, Padrón A-66.134, Matrícula A-18.982, ubicado en el B° Alto Comedero, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy dispuesta en el Artículo 2° del Decreto N° 4061-E-1995 reviste el carácter de ONEROSA CON CONDONACION DE DUEDA, sin perjuicio de la sumas ingresadas por lo adjudicatarios en concepto de parte de pago del precio oportunamente fijado, las que quedan firmes, todo ello conforme lo normado por los Articulo 1º de la ley Nº 5780/2013 y 19º del Decreto Nº 3183-VOT-2013.-

ARTICULO 2º.– Por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial se procederá a extender la respectiva Escritura Traslativa de Dominio por intermedio de Escribanía de Gobierno o el Colegio de Escribanos, a los efectos de la inscripción del inmueble a favor de los adjudicatarios.-

ARTICULO 3º.– Dejese sin efecto el articulo 8 del Decreto Nº 4061-E-1995.-

 

Dr. Eduardo Alfredo Fellner

Gobernador