BOLETÍN OFICIAL Nº 84 – 26/07/19

COMISION MUNICIPAL DE YALA

DECRETO Nº 100-PCMY/2019.-

San Pablo,  05 de junio de 2.019.-

VISTO:

El monto estipulado  por el art. 29 de la Ord. 114/18, para  realizar el desmalezamiento, por parte de la Comisión Municipal de Yala,  de inmuebles privados, y

CONSIDERANDO:

Que analizado los costos  reales que genera el desmalezamiento ,conforme los insumos , herramientas  y personal  utilizados , se puede llegar a la conclusión que  dichos costos   ascienden  en promedio al valor  de una UNIDAD TRIBUTARIA Y MEDIA ( 1 ½ U.T.) por metro cuadrado desmalezado,

En virtud de lo referido ut-supra, y teniendo en cuenta que actualmente  el valor fijado  por el art. 29 de la Ord. 114/18 supera sensiblemente el costo del servicio brindado, 5 U.T. por mt2 , lo  que podría derivar en una tasa confiscatoria, es que

Por ello, en uso de sus competencias;

EL PRESIDENTE

DE LA COMISION MUNICIPAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Modificar el monto estipulado en el art. 29  de la Ord. 114/18, estableciendo el mismo en uno y medio unidad tributaria (1,5 U.T.) por metro cuadrado desmalezado.-

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto es ad-referundum del Concejo Comunal de Yala.-

ARTÍCULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial.- Comuníquese al Juzgado Municipal de Faltas.-

 

Dr. Santiago Tizón

Presidente

Comisión Municipal de Yala