BOLETÍN OFICIAL Nº 102 – 14/09/07
EXPTE. N° 1056-11879-04-Agreg. N° 0400-6045-A-05
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 MAY. 2007.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Modificase el Articulo 1° del Decreto N° 5722-G-06 de fecha 20 de junio de 2006, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°.- Equiparase el pago de Adicional por Ubicación para el personal docente dependiente de los establecimientos educativos que a continuación se detallan, en los porcentajes que en cada caso se indican:
– Escuela N° 104 de la localidad de Ojo de Agua Departamento Santa Bárbara con cien por cien (100 %) de Bonificación por Zona.
– Escuela N° 318 de la localidad de San Rafael Departamento Santa Bárbara con cien por cien (100 %) de Bonificación por Zona.
– Escuela N° 139 de la localidad de El Acheral con cuarenta por ciento (40 %) de Bonificación por Zona.
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR