BOLETÍN OFICIAL Nº 104 – 19/09/07

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPTE  N°   16 -9004-0–2007-1.-

DECRETO   N° 0921.07.007.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 SET. 2007.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.-  Publíquese en el Boletín Oficial la  Ordenanza N° 4958/2007,  sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 07, celebrada el día 05 de Julio del año 2007, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 836/89, que adecua el Artículo 49° Inc. a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 430/82 a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal Artículo 104°) en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Mantenimiento de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Otros Servicios,  por el período 2003, a las personas Jubiladas y Pensionadas que se detallan en el Artículo 1° de la precitada Ordenanza.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

Municipalidad de S. S. de Jujuy.-

19 SET. S/C.-