BOLETÍN OFICIAL Nº 105 – 21/09/07

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N° 16-9018-00-2007/1.-

DECRETO N° 0915.07.007.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 SET. 2007.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza Municipal N° 4.971/2.007, sancionada por el Consejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión ordinaria N° 07, celebrada el día 05 de Julio de 2.007, mediante la cual en virtud de las disposiciones contenidas en las Ordenanzas en vigencias, se exime del pago de la tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de CALZADA, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que efectúa la empresa LIMSA, al CLUB DEPORTIVO LUJAN, por el inmueble de su propiedad individualizado como Padrón 047055/000, ubicado en calle Tumusla entre Sixto Ovejero y Caseros del Barrio Lujan de esta ciudad, correspondiente a los años 2.006 y 2.007.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

Municipalidad de S.S. de Jujuy

21 SET. S/C.-