BOLETÍN OFICIAL Nº 80 – 17/07/19
EXPTE Nº 700-280/12.-
Agdo. Nº 710-652/11.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 ABR. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2019- Ley N° 6113, conforme se indica a continuación:
TRANSFIERASE
DE:
U. de O.: R 1 MINISTERIO
Categoría Nº de Cargos
A (j-1) 1
Agrup. Profesional
Ley Nº 4418
Total 1
A:
U. de O.: R6-01-02 HOSPITAL “PABLO SORIA”
Categoría Nº de Cargos
A (j-1) 1
Agrup. Profesional
Ley Nº 4418
Total 1
ARTICULO 2°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2019- Ley N° 6113, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R 6-01-02 HTAL. “PABLO SORIA”
SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos
A (j-1) 1
E (j-2) 1
Agrup. Profesional
Ley Nº 4418
Total 2
CREASE
Categoría Nº de Cargos
A-30 hrs. 1
E (j-1) 1
Agrup. Profesional
Ley Nº 4418
Total 2
ARTICULO 3°.- Adecuase a partir de la fecha del presente Decreto, a la Dra. Ida Gudelia Severich, CUIL 27-05620729-0, en el cargo categoría E (j-1) agrupamiento profesional, Ley N° 4418, en la U. de O.: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”.‑
ARTICULO 4°.- Dispónese que la Dirección del Hospital “Pablo Soria”, deberá solicitar por el área pertinente, la constancia que acredite el bloqueo de título de la Dra. Ida Gudelia Severich, como requisito indispensable para la adecuación individualizada en el artículo 3°.‑
ARTICULO 5°.- Dejase establecida la creación de un cargo vacante A-30 hrs., agrupamiento profesional, Ley N° 4418, en la U. de O.: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, para su posterior llamado a concurso.‑
ARTÍCULO 6°.- La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con la partida Presupuestaria, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2019
Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N° 6113, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R 6-01-02 Hospital Pablo Soria.‑
ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR