BOLETÍN OFICIAL Nº 80 – 17/07/19
EXPTE Nº 780-265/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 ABR. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos vigente, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION: MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R1
SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos
13 (c-4) 1
Agrupamiento Técnico
Esc. General
7 (c-4) 1
Agrupamiento Técnico
Esc. General
Total 2
CREASE
Categoría Nº de Cargos
10 (A-1) 1
Agrupamiento Técnico
Esc. General
7 1
Agrupamiento Técnico
Esc. General
Total 2
TRANSFIERASE
DE:
U. de O.: R 1 Ministerio de Salud
Categoría Nº de Cargos
10 (A1) 1
Agrupamiento Técnico
Esc. General
Total 1
A:
U. de O.: R6-01-22 Hospital “La Mendieta”
Categoría Nº de Cargos
10 (A1) 1
Agrupamiento Técnico
Esc. General
Total 1
ARTICULO 2°.- Tengase por designado a partir del 6 de noviembre de 2017, al Señor José Roberto Herrera, CUIL 20-27783907-6, en el cargo categoría 10 (A-1), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley Nº 3161/74, para cumplir funciones de Técnico en Rayos en la de la U. de O.: R6-01-22 Hospital “La Mendieta”.‑
ARTICULO 3°.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá de conformidad a las siguientes previsiones del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente:
Ejercicio 2019:
Con la respectiva partida de “Gasto en Personal”, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: 6-01-22 Hospital “La Mendieta”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.‑
ARTICULO 4°.- Dejese constancia que queda disponible un (1) cargo Categoría 7 del Agrupamiento Técnico de la Ley N° 3161/74, en el Ministerio de Salud para posterior llamado concurso.‑
ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR