BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 15/07/19

Dra. Alejandra María Luz Caballero, Presidente de Tramite de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala III, Vocalía Nº 8 a cargo del Dr. Augusto Bonilla, en el Expte. Nº C-70325/16, caratulado: “Ordinario por Cobro…: TELECOM PERSONAL S.A. c/ INFORMATICA Y MUEBLES BROWN”, hace saber a INFORMATICA Y MUEBLES BROWN, que se ha dictado la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 13 de agosto de 2018.- 1. Atento lo solicitado por la actora a fs. 59 y habiéndose dado cumplimiento con las previsiones del art. 162 del C.P.C., líbrese edictos para la notificación del decreto de fecha 17 de agosto del 2016 (fs. 37), el que se publicará en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días, y haciéndose constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos, y que las copias para traslado se encuentran a disposición del demandado INFORMÁTICA Y MUEBLES BROWN, en Secretaría de esta Vocalía Nº 8 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.- 2. Notifíquese (art. 155 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero- Pte de trámite, ante mi Dr. Augusto Bonilla- Prosecretario. Prov. de fs. 37: San Salvador de Jujuy, 17 de agosto de 2016.- 1. Por presentado el Dr. Agustín Pfister, en nombre y representación de TELECÓM PERSONAL S.A., a mérito de la copia juramentada de Poder General para Juicios agregada a fs. 02/08 de autos, por constituído domicilio legal y por promovida demanda por cobro de pesos, la que tramitará en conformidad a las normas del juicio ordinario oral (art. 294 y ss. del C.P.C.).- 2. Confiérese traslado de la demanda instaurada a la accionada, INFORMÁTICA Y MUEBLES BROWN (CUIT 30-71073948-6), en la forma de estilo, por el plazo de quince (15) días y bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere (art. 298 del C.P.C.).- 3. Intímasele para que en dicho término, constituya domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C.P.C.).- 4…5. Notifíquese (art. 155/6 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero- Pte. de trámite, ante mí Dra. Liliana E. Chorolque-Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local, tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, de agosto del 2018.-

 

15/17/19 JUL. LIQ. N° 18181 $615,00.-