BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 03/10/07
Exp. N° 0300-537-04.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 SET. 2007.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modifícase el Artículo 1° del Decreto N° 2394-G, de fecha 11 de Noviembre de 2004, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°.- Apruébanse las reformas introducidas al Estatuto Social de la Asociación Civil “LA CASA DE PALPALA- CENTRO DE PROMOCION DEL DESARROLLO COMUNITARIO”, con asiento en la Ciudad de Palpalá, cuyo texto ordenado, que consta de Cuarenta y Cinco (45) Artículos, corre agregado de Fs. 02 a 10 de autos”.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR