BOLETÍN OFICIAL Nº 78 – 12/07/19

DECRETO Nº 8988-S/2019.-

EXPTE. Nº 741-348/17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 ABR. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos vigente, Ejercicio 2019- Ley 6113, conforme se indica a continuación:

JURISDICCION:  “R” MINISTERIO DE SALUD

U. de O.: R6-01-24 Hospital “Gob. Ing. Carlos Snopek”

SUMPRIMASE

Categoría   Nº de Cargos

15-30 horas                                                1

Agrup. Serv. Grales.

Esc. General

Ley 3161/74

Total                                                             1

CREASE:

Categoría   Nº de Cargos

1-30 horas                           1

Agrup. Serv. Grales.

Esc. General

Ley 3161/74

Total                                                             1

ARTICULO 2°.- Téngase por aceptada a partir del 31 de julio de 2018 la renuncia presentada por la Señora Gladys Norma Cruz, CUIL 27-21040632-3, al Contrato de Locación de Servicio, en el cargo categoría 1-30 horas, que detenta en la U. de O.: R6-01-24 Hospital “Gob. Ing. Carlos Snopek”, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley 3161/74.‑

ARTICULO 3°.- Téngase por designada a la Señora Gladys Norma Cruz, CUIL 27­-21040632-3, en el cargo categoría 1-30 horas, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley 3161/74, para cumplir funciones de Mucama, en la Unidad de Organización R6-01-24 Hospital “Gob. Ing. Carlos Snopek”, a partir del 01 de agosto de 2018.‑

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con la partida prevista en el Presupuesto vigente que a continuación se indica:

Ejercicio 2019:

Con la respectiva partida de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-24 Hospital “Gob. Ing. Carlos Snopek”.‑

EJERCICIOS ANTERIORES: (Periodo no consolidado):

Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría da la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos. –

ARTICULO 5°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR