BOLETÍN OFICIAL Nº 112 – 08/10/07
EXP. N° 0765-598/07.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 AGO. 2007.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorizase al Ministerio de Desarrollo Social, la adquisición de Bienes de Capital consignados en el Anexo I del presente, por hasta la suma de Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000.-); de conformidad a lo expresado en el exordio.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR