BOLETÍN OFICIAL Nº 70 – 24/06/16

DECRETO Nº 1179-ISPTyV/2016.-

EXPTE 600-273/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 MAY. 2016.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º:Facúltese al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a celebrar los convenios con Nación que sean necesarios para obtener los fondos que requiere la culminación de todas aquellas obras habitacionales y viviendas enmarcadas en el “Programa Federal de Integración Socio Comunitaria”, el Programa Federal de Emergencia Habitacional para Viviendas en Ejecución” y el “Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento De Hábitat De Pueblos Originarios y Rurales”.-

ARTÍCULO 2º:A fin de reactivar las obras pendientes de culminación, facúltase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a reasignar los saldos no distribuidos a la fecha de aquellos fondos transferidos con destino al pago de obras de los distintos programa habitacionales referidos en el articulo 1º, en el marco de la Ley Provincial Nº 5909.-

ARTICULO 3º:Dispóngase que el Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda tendrá como función llevar adelante la fiscalización, certificación de los respectivos avances de obra y pago de las obras comprendidas dentro del alcance del presente decreto. La vía de pago será la transferencia bancaria entre la Secretaria de Ordenamiento Territorial y los contratistas que llevan a cabo la culminación de las obra pendientes.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR