BOLETÍN OFICIAL Nº 76 – 05/07/19

Cámara Civil y Comercial- Sala II-Voc. N° 6- en el Expte. C-096045/18 caratulado: Daños y Perjuicio: Peñarrieta, L. M. Enrique, Morales, M. Claudia C/Ayarachi Chavarría, Graciela Dagne Y García Briones, Fernando; se ha dictado el siguiente Proveído:///San Salvador de Jujuy 14 de Marzo del año 2019.- I.- Atento a lo informado por la Actuaria y lo peticionado por la Dra. María Julia Garay a fs. 80, déjese sin efecto lo ordenado mediante providencias de fecha 15/08/201 (fs. 68) y 29/10/2018 punto III (fs. 76).- II.- En consecuencia y a fin de evitar futuras nulidades notifíquese a la demandada losa proveídos de fecha 06/09/2017 y 21/03/2018, por Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- III.- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 del C.P.C. impónese a la letrada la carga de confeccionar la diligencia correspondiente para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en Secretaría de esta Sala.- IV.- Notifíquese por Cédula.- Fdo. Dra. María Del Huerto Sapag-Juez- Ante mí: Dra. Agustina P. Taglioli-Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 06 de septiembre de 2017.- I.- Téngase por presentada a la Dra. Carolina Peñarrieta en nombre y representación de MARIA CLAUDIA MORALES Y LEONARDO MARCELO ENRIQUE PEÑARRIETA a mérito de las copias de instrumento legal debidamente juramentado que obra a fs. 7/8. Por parte y por constituido domicilio legal.- II- Atento el informe actuarial que antecede, previo a todo trámite, intímese a la parte interesada a arbitrar los medios necesarios a fin de denunciar el domicilio real de los Sres. GRACIELA DAGNE AYARACHI CHAVARRIA y FERNANDO JAVIER GARCIA BRIONES (Art. 156 in fine y 298 del C.P.Civil).- III.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dra. María Del Huerto Sapag-Juez-Ante Mi Dra. Agustina Paola Taglioli-Prosecretaria.- Informando a V.S. que a fs. 37, el Juzgado Federal informa el domicilio del Sr. FERNANDO JAVIER GARCIA BRIONES, no así el correspondiente a GRACIELA DAGNE AYARACHI CHAVARRIA.- Secretaría, 21 de marzo de 2018.- San Salvador de Jujuy, 21 de marzo de 2018. I.- Téngase presente lo solicitado por la Dra. NILDA PEÑARRIETA a fs. 43 de autos. II.- De la demanda ordinaria deducida, córrase Traslado a FERNANDO JAVIER GARCIA BRIONES en el domicilio denunciado, y con las copias respectivas, para que conteste dentro del término de Quince Días hábiles; contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo, si así no lo hiciere (Art. 298 del C.P.C.).- III- Intímese al demandado, para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores resoluciones cualquiera fuere su naturaleza por Ministerio de Ley.- IV- Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- V- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 del C.P.C. impónese al proponente la carga de confeccionar la diligencia correspondiente para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en secretaría de esta Sala.- VI- Notifíquese por cédula. Fdo. María Del Huerto Sapag-Juez-Ante Mi Agustina Taglioli Prosecretaria.-

 

03/05/10 JUL. LIQ. N° 17555-17553 $615,00.-