BOLETÍN OFICIAL Nº 76 – 05/07/19

Dra. Lis Valdecantos Bernal, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7 Secretaria N° 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber a OSCAR DANTE MAMANI D.N.I. N° 29.629.773, que en el EXPTE. N° C-133555/19, caratulado: Ejecución de Honorarios: MODENA MARTIN c/ MAMANI OSCAR DANTE”, se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, mayo 03 de 2019.- Atento las constancias de autos, las del expte. principal, y lo solicitado a fs. 10, notifíquese por edictos al demandado OSCAR DANTE MAMANI D.N.I. Nº 29.629.773, que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, se tramita la presente causa y en consecuencia y de conformidad a lo  previsto por los arts. 472, 478 del C.P.C., intímase al accionado a depositar la suma de pesos dos mil ($2.000,00), con más la de pesos seiscientos ($600,00), presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. Asimismo, cítaselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de cinco días, posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (art. 109 de la L.O. del Poder Judicial).- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres Km. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del Ítem.- Asimismo hágase saber al demandado que las copias para traslado se encuentran en Secretaría.- A tal fin publíquense edictos en un Diario Local y Boletín Oficial tres veces en cinco días.- Notifíquese por Ministerio de Ley.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez- Ante mí: Dra. María Eugenia Pedicone- Firma Habilitada.-Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 03 de mayo de 2019.-

 

01/03/05 JUL. LIQ. Nº 17777 $615,00.-