BOLETÍN OFICIAL Nº 75 – 03/07/19
EXPTE. Nº 1052-224/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAYO 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otorgar, a partir del día 24 de agosto de 2017, el cien por ciento (100%) de bonificación por ubicación al personal docente del Colegio Secundario N° 57, de la Localidad de Caspalá, Departamento Valle Grande de la Provincia de Jujuy, por las razones expuestas.-
ARTICULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento del presente instrumento legal se atenderá con la siguiente partida de Gastos en Personal que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, vigente.-
Jurisdicción | F | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
U. de O. | 4B | DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA |
Finalidad | 5 | CULTURA Y EDUCACIÓN |
Función | 3 | EDUCACIÓN MEDIA Y TÉCNICA |
Partida | 1-1-1-1-2-76 | Bonificación por Ubicación |
ARTÍCULO 3°.- Instruir al Ministerio de Educación y/o a la Dirección Provincial de Personal a los fines de iniciar sumario administrativo a quienes resulten responsables por la excesiva demora evidenciada en el presente trámite.-
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto debe ser refrendado por los señores Ministros de Educación y de Hacienda y Finanzas.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR