BOLETÍN OFICIAL Nº 69 – 19/06/19
Dr. Diego Armando Puca Juez de Primera Instancia En Lo Civil Y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 4, De La Provincia De Jujuy, en el Expte C-049628/15 “TARJETA NARANJA S.A. C/ MARTINEZ JESUS GONZALO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA“ hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: “San Salvador de Jujuy, 02 de Mayo de 2019.- Autos y Vistos: Los del presente Expte. C-049628/15 caratulado “Preparar Via Ejecutivo: Tarjeta Naranja S.A. C/ Martinez Jesús Gonzalo, I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por TARJETA NARANJA S.A. en contra del Sr. Martínez Jesús Gonzalo hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos once mil trescientos dos c/52/100 ctvs ($ 11.302,52) con más los intereses según lo expuesto en el considerando anterior tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, (Sala I – Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada ésta a la fecha denunciada en el escrito de demanda (10/11/14), y de allí en mas los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijarán en un 50% de los moratorios, con más I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (art. 102 C.P.C.) III.- Diferir la regulación de honorarios hasta tanto exista planilla de liquidación aprobada en autos.- IV.-Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 8 en contra del demandado mandándose notificar la presente Resolución mediante cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. V.- Firme la presente por secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa .- VI.- Notificar por cédula, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- VII Fdo. Dr. Diego Armando Puca Juez, Ante Mi Dra. Elisa Marcet Firma Habilitada.- Notifíquese por edictos. Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, a los 16 días del mes de Mayo del 2019.
14/19/21 JUN. LIQ. Nº 17891 $615,00.-