BOLETÍN OFICIAL Nº 69 – 19/06/19
Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 Secretaría Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. C-048173/15 Caratulado: APREMIO ESTADO PROVINCIAL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE JUJUY C/ LLAMPA FLORENTINO-”, hace saber al Sr. Llampa Florentino el siguiente decreto que a continuación se transcribe: San Salvador De Jujuy, 20 De Septiembre De 2016 Proveyendo el escrito de fs 18/19 téngase por interpuesto en tiempo y forma Recurso de Revocatoria por parte de la Dra. María Jimena Herrera con el patrocinio letrado de la Dra Mónica Beatriz Torres en contra de la providencia de fs 16/17. Asistiendo razón a las letradas respecto del documento original acompañado y reservado en caja fuerte, en el que si cuenta con las firmas de los cocales del Tribunal de Cuentas y por lo tanto, es valido y cumple con el art 289 incs b) y c) C.C. C.N., revocase la providencia de fs 16/17 en todas sus partes. En consecuencia, y a los fines de continuar el tramite según su estado, atento a lo manifestado a fs 15, téngase al Estado Provincial por desistido del derecho respecto de <st1:PersonName ProductID=”痞᧸痞Ⲩͥ울u