BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 09/11/07
EXPTE. N° 514-44/2006.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 AGO. 2006.-
VISTO:
La competencia asignada al Poder Ejecutivo Provincial mediante Ley N° 5200 y modificatoria Ley N° 5508, y
CONSIDERANDO:
Que este último ordenamiento legal, en su Artículo 2° contempla los cargos de Ministros de Salud, de Desarrollo Social, de Infraestructura y Planificación y de Producción y Medio Ambiente;
Que corresponde modificar las estructuras orgánico-funcional de las Jurisdicciones “E” Ministerio de Bienestar Social; “O” Ministerio de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente y “C” Ministerio de Hacienda, a los fines de adecuar la naturaleza y finalidades previstas por el Poder Ejecutivo en el marco del reordenamiento y reorganización de las estructuras del Estado;
Que por Decretos Nos. 5802-S-2006, 5813-DS-2006, 5820-IP-2006 y 5817-PMA-2006, se crean las nuevas estructuras orgánicas de los Ministerios de Salud, Desarrollo Social, Infraestructura y Planificación y Producción y Medio Ambiente, respectivamente;
Por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 137° de la Constitución de la Provincia y el Artículo 41° de la Ley N° 5200,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente y la estructura orgánico funcional de las Jurisdicciones “E” Ministerio de Bienestar social, “O” Ministerio de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente y “G3” Dirección Provincial de Recursos Hídricos.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR