BOLETÍN OFICIAL Nº 68 – 14/06/19
EXPTE Nº 641-173/2005.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 NOV. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Ratifíquese la Resolución N° 31/2012, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudíquese a Título Gratuito al Sr. ATANACIO, ERNESTO, DNI N° M8.468.633, la Parcela Rural Fiscal N° 977 Padrón K-5041 con una superficie de 152 Has. 2066 m2, ubicado en el Distrito Puesto del Marqués Rodeo Llamería, Departamento Cochinoca, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracciones aprobado bajo el N° 07414 por la Dirección Provincial de Inmuebles en fecha 24 de agosto de 2007.-
ARTÍCULO 2°.- Establézcase que los Recursos Naturales, Parques Provinciales y Nacionales que existan o en un futuro se creen en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N° 5206 y Decreto N° 789-G-2004 y el Artículo 15° primer apartado del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional de Trabajo (O.I.T). Dispóngase que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existan en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación (Artículos 2°, 7° 10°, 11°,12°, 13°, 16°, 18°, 146°, 158° y concordantes); Decreto Nacional N° 456/97, Artículo 15° segundo apartado del Convenio N° 169 de la Organización Internacional de Trabajo (O.I.T.).-
ARTÍCULO 3°.- Por Juzgado Administrativo de Minas, notifíquese dicho acto a los titulares de minas y cateos.-
ARTÍCULO 4°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor del adjudicatario.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR