BOLETÍN OFICIAL Nº 68 – 14/06/19
EXPTE. Nº 641-30/2008.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 AGO. 2018.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Ratifíquese la Resolución N° 28/2016, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudíquese a Título Gratuito al Sr. FLORES, SANTOS, DNI N° 7.285.289, la Parcela Rural Fiscal N° 556 Padrón M-1449 con una superficie de 396 Has. 3368,88 m2, ubicada en el Distrito Paicone, Departamento de Santa Catalina, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracciones aprobado bajo el N° 10587 por la Dirección Provincial de Inmuebles en fecha 23 de diciembre de 2010.-
ARTÍCULO 2°.- Establézcase que los Recursos Naturales, Parques Provinciales y Nacionales que existan o en un futuro se creen en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N° 5206 y Decreto N° 789-G-2004 y el Artículo 15° primer apartado del Convenio N° 169 de la Organización Internacional de Trabajo (O.I.T).-Dispóngase que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existan en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación (Artículos 2°, 7° 10°, 11°,12°, 13°, 16°, 18°, 146°, 158° y concordantes); Decreto Nacional N° 456/97, Artículo 15° segundo apartado del Convenio N° 169 de la Organización Internacional de Trabajo (O.I.T.).‑
ARTÍCULO 3°.- Por Juzgado Administrativo de Minas, notifíquese dicho acto a los titulares de minas y cateos.-
ARTÍCULO 4°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor del adjudicatario.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR