BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 30/11/07

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY

CONCEJO DELIBERANTE

San Pedro de Jujuy, 15 de noviembre de 2007

El CONCEJO DELIBERANTE de la Municipalidad de San Pedro de Jujuy, en uso de las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal vigente en su Articulo 97º “DE LAS ORDENANZAS”, aprueba la siguiente.

ORDENANZA Nº 793/2007

PASE DE PERSONAL CONTRATADO Y/O JORNALIZADO A PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE EN CATEGORIA 4

Articulo 1º: A partir del 1 de enero de 2008, los Agentes Municipales que revisten como Contratados y/o jornalizado en la Municipalidad de San Pedro, con una antigüedad igual o  mayor de 3 (tres) años al 31 de diciembre de 2007 y que figuran en el Listado que como ANEXO forma parte de esta Ordenanza, pasan a revista en la plante de Personal Permanente, en la Categoría 4 de Escalafón Municipal vigente. Cualquier omisión o error en el ANEXO que forma parte de la presente deberá ser reclamado por el afectado, a fin de su inclusión en el mismo.-

Articulo 2º: Dejase sin efectos el Decreto Municipal Nº 263-G-2002 de fecha 12 de julio de 2002, firmado por el entonces Intendente Antonio Albornoz, de aprobación del “Acuerdo Relación Fiscal Provincia – Municipio” de fecha 19 de junio de 2002, y su Acuerdo ratificatorio Nº 263-G-2002 de este Concejo Deliberante de fecha 12 de julio de 2002, debiendo el D.E.M. comunicar tales circunstancias al Gobierno de la Provincia.-

Articulo 3º: Déjese sin efectos el Decreto Municipal Nº 544-G-04 de fecha 20 de septiembre de 2004 de Adhesión a la Ley Provincial Nº 5.427 sobre “Régimen Provincial y Municipal de Responsabilidad Fiscal” y derógase la Ordenanza Nº 728/2004 de fecha 15 de octubre de 2004 de ratificación parlamentaria de tal adhesión, debiendo el D.E.M. comunicar tales circunstancial al Gobierno de la Provincia.-

Articulo 4º: A todos los efectos legales, deberán tenerse presente las consideraciones expresadas en los fundamentos de la presente Ordenanza.-

Articulo 5º: Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputarán a la Partida EROGACIONES CORRIENTES – PERSONAL y serán atendidas con recursos propios provenientes de Rentas Generales, debiendo ser incluidas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos correspondientes el año 2008, como así también con el 3% (tres por ciento) convenido en el “Acta Compromiso Municipio – SEOM JUJUY – Gobierno de la Provincia de Jujuy”.-

Articulo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, al Registro y Digesto Municipal, publíquese en el Boletín Oficial, dése a publicidad y cumplido, archívese.-

 

CARLOS HUMBERTO GURRIERI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

CONCEJO DELIBERANTE

 

OSVALDO GENARO SANCHEZ

PRESIDENTE

CONCEJO DELIBERANTE

 

MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY

CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 153-IM-2007.-

Departamento Despacho y Secretaria Privada, 15 de noviembre de 2007.-

Téngase por promulgada la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 793/07, comuníquese al Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Municipal, pase a conocimiento de las Secretarias Municipales de Gobierno, Hacienda, Desarrollo y Acción Social y de Obras y Servicios Público. Pase a conocimiento de las Direcciones de Personal y Jubilaciones, de Liquidaciones, Contaduría Municipal, Dirección de Asuntos legales. Dése a difusión por la Dirección de Prensa, al Digesto. Cumplido, archívese.–

 

Dr. JULIO C. MOISÉS

Intendente Municipal

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