BOLETÍN OFICIAL Nº 64 – 05/06/19

DECRETO Nº 9203-S/2019.-

EXPTE. Nº 721-609/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 MAYO 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Dispónese la promoción de la Sra. María del Carmen Ibáñez, CUIL 27-13291602-6, al cargo categoría 24 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general, de la U. de O. R6-01-09 Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson” de San Pedro de Jujuy, a partir del 1° de enero de 2018.‑

ARTICULO 2°.- La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto vigente que a continuación se indican:

EJERCICIO 2.019

El Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos, ejercicio 2019, Ley N° 6113, prevé para la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R6-01-09 Hospital Dr. Guillermo C. Paterson, la partida de Gasto en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-37 “Adecuación Ley N° 4413 y Ley N° 5502” U. de O.: “6” Secretaria de Salud de la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud.‑

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):

Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 3-10-15-01-26: “Para Pago de Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-

ARTICULO 3°.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3°, Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámite, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100° de la Ley N° 3161/74, modificado por Ley N° 5748.‑

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR