BOLETÍN OFICIAL Nº 64 – 05/06/19
Dra. Marisa Rondon- Juez Habilitado Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaría Nº 3, en el Expte. Nº C-089319/17 caratulado: Prepara Vía Ejecutiva: COLLETTI JOSE ANGEL MARTIN c/ BLACUTT JUAN CARLOS“, hace saber al SR. BLACUTT JUAN CARLOS que se ha dictado el siguiente Proveído a fs. 11: “San Salvador de Jujuy, 26 de mayo del 2017.- Téngase por cumplimentado por el Dr. Saman Pablo Quinteros con lo ordenado a fs. 6.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los arts. 472 inc. 4º, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado Sr. Blacutt, Juan Carlos, mandamiento de pago, ejecución y embargo, en el domicilio denunciado, por la suma de pesos cuarenta y siete mil ($47.000,00) en concepto de capital reclamado, con más la de pesos veintitrés mil quinientos ($23.500,00) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese Embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades designándose depositario judicial al propio afectado y/o a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen, y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Asimismo, cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas, si las tuviere, en el término de cinco (5) días, en el Juzgado Civil y Comercial 2 Secretaría 3, sito en calle Independencia esquina Lamadrid bajo apercibimiento de llevar adelante la presente ejecución. Asimismo intimase a la demandada para que en el mismo término que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerar notificada por Ministerio de ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (arts. 52 y 154 del C.P.C.).- Al efecto comisionase al Sr. Oficial de Justicia, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).- Dra. Marisa Rondon Juez Habilitada Dra. M. Emilia del Grosso Pro-Secretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres (3) veces en cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 14 de Agosto del 2018.-
31 MAY. 03/05 JUN. LIQ. Nº 17774 $615,00.-