BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 12/12/07

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N°    16 –  6973  – 00 –  2.007.-

DECRETO   N°         1275.07.007                .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 NOV. 2007

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD

DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:­­                                                                             

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza Municipal N° 4.930/2.007, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 5, celebrada el día 07 de Junio de 2.007, mediante la cual y en virtud de las disposiciones contenidas en el Artículo 45° de la Ordenanza N° 3.898/2003 del Código Tributario Municipal vigente, a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal Artículo 104° en vigencia, se exime del pago de la Tasa por Servicio Urbano de Limpieza en la Vía Pública que efectúa el Municipio por el período 2.004, a las personas jubiladas y pensionadas de escasos recursos económicos debidamente acreditada su condición como tal por los inmuebles de su propiedad, cuya nómina, datos y cuotas exentas se detallan.-

 

Arq. JOSE LUIS  MARTIARENA

INTENDENTE

Municipalidad de San Salvador de Jujuy

DIC.  S/C