BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 31/05/19
Fdo. Dr. Enrique R. Mateo Juez – De La Sala II de da Cámara Civil y Comercial Vocalia 4 de La Provincia de Jujuy en el Expte C-071286/2016 caratulado “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Expte Principal C- 033478/2014 Gutiérrez Benjamin; Vargas Matilde C/ Estado Provincial, Estado Provincial y todos los que se Consideren con derecho sobre el inmueble a Usucapir”, de conformidad con lo dispuesto en los autos del rubro ordénese se notifique la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 15 de Abril de 2019. Proveyendo al escrito de fs. 52: Téngase por aclarado lo requerido a la Dra. Carolina H. Orrillo Federici a fs. 50 segundo párrafo. Atento a ello y dando continuidad al trámite como lo solicita la nombrada letrada, cítase y emplázase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón J-3434, Circunscripción 1, Sección 1, Parcela 2, Manzana 43 a Parcela 16, ubicado en la Ciudad de Humahuaca, para que comparezcan a contestar Demanda dentro del plazo de quince días hábiles, haciéndoseles saber que las copias para Traslado se encuentran en Secretaría, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho para hacerlo si así no lo hicieren ( Art. 298 del C.P.Civil) y designarles como su representante al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días (Art. 532 Ley 5486).- Cítase a la Comisión Municipal De Humahuaca y al Sr. Antonio Silvano Maidana en su carácter de colindante, para que comparezcan en el término de quince días de notificados con más de dos días en razón de la distancia, a fin de que tomen conocimiento del juicio y en caso de considerarse afectados en sus derechos, tomen participación como demandados, haciéndose saber que la incomparencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos y no serán declarados rebeldes ( art. 534 inc.5º de la Ley 5486). Intímase a la actora a colocar el cartel con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 del C.P. Civil (t.o. Ley 5486), debiendo acompañar fotografías certificadas en el plazo de quince días con una ampliación legal de dos días, en razón de la distancia. Notifíquese por cédula, a la Municipalidad de Humahuaca, al colindante Antonio Silvano Maidana por intermedio del Sr. Juez de Paz de Humahuaca, debiendo la presentante a modo de colaboración con el Tribunal acompañar el Oficio y Edictos dispuestos debidamente confeccionados, los que serán presentados en Secretaría para control y posterior firma, de conformidad a lo dispuesto en el art. 72 del C.P.C. Fdo. Dr.: Enrique R. Mateo- Juez-. Ante mí: Dr.: Néstor A. De Diego – Secretario.-
31 MAY. 03/05 JUN. LIQ. Nº 17763 $615,00.-