BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 31/05/19

Cámara en lo Civil y Comercial- Sala II- Vocalia 4, en el Expte.  Nº C-046260/2015, caratulado: Daños y Perjuicios: SUAREZ HUGO ALDO c/ ZERPA JOAQUIN EZEQUIEL; JURADO VICTOR ALDO.- Secretario: Dr. Néstor A. de Diego- Secretario.- Se procede a notificar por este medio al Sr. Jurado, Victor Aldo el siguiente Proveído de fs. 46: “San Salvador de Jujuy, 24 de Junio de 2015. Téngase por presentado al Dr. Daniel Gustavo Ibáñez, quien lo hace en nombre y representación de Hugo Aldo Suárez, a mérito del instrumento que en fotocopia juramentada acompaña y obra agregado a fs. 38, por parte y por constituido domicilio legal. De la demanda interpuesta, córrase traslado a VICTOR ALDO JURADO y JOAQUIN EZEQUIEL ZERPA, para que la contesten dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo, si así no lo hiciere. (Art. 298 del C.P.C.). Intimase a los accionados para que, dentro del plazo precedentemente señalado, constituyan domicilio legal dentro del radio Asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores Resoluciones -cualquiera fuere su naturaleza- por Ministerio de Ley. Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese por cedula y a Joaquín Ezequiel Zerpa por intermedio del Sr. Juez de Paz de Pálpala. Actuando en autos el principio contenido en el art. 72 del C.P.C. y a modo de colaboración con el Tribunal, deberá el presentante acompañar las notificaciones dispuestas debidamente confeccionadas, las que deberán ser presentadas en Secretaria para control y posterior firma.- San Salvador de Jujuy, 29 de Marzo de 2019. Atento lo solicitado por el Dr. Gustavo Darío Ávila y lo dispuesto por el art. 162 del C.P. Civil, notifíquese al accionado Víctor Aldo Jurado el proveído de fs.46 mediante Edictos debiendo publicarse en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días. Actuando en autos el principio contenido en el art. 72 del C.P.C., y a modo de colaboración con el Tribunal, deberá el presentante acompañar el Edicto dispuesto debidamente confeccionado, el que será presentado en Secretaría para control y posterior firma. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr.: Enrique R. Mateo- Juez -. Ante mí: Dr.: Néstor A. de Diego-Secretario.-

 

27/29/31 MAY. LIQ. Nº 17720 $615,00.-