BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 03/03/17

Dra. M. Gabriela Sánchez de Bustamante – Juez Por Habilitación-de la Vocalía 3 de la Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. C-004902/13 caratulado: Incidente de Ejecución de Sentencia en Expte. Nº B-188876/08 Credimas S.A. c/ Carlos German Valdiviezo” hace saber al accionado Carlos German Valdiviezo, que se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 21 de octubre de 2013. Visto lo solicitado y Art. 460, 461 y sgtes, y 478 y conc. del C.P.C., téngase por deducida ejecución de sentencia en contra del Sr. Carlos German Valdiviezo, y en consecuencia líbrese mandamiento de pago y citación de remate, por la cantidad de Pesos Dos Mil Doscientos Veintiocho con Noventa y Seis Ctvos. ($2.228,96) reclamados por capital que surge de la planilla de liquidación aprobada en el Expte. principal con más la suma de Pesos Un Mil ($1.000,00) que se reclaman por honorarios regulados con más la suma de Pesos Un Mil Quinientos ($1.500) que se presupuestan por acrecidas legales en defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del demandado hasta cubrir las sumas debiendo designarse depositario judicial al propio accionado y en caso de negativa o impedimento a tercera persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley.- En defecto de pago, cíteselo de remate para que en el plazo de cinco días concurra a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de ordenarse mandar llevar adelante la presente ejecución. Por igual plazo intímaselo a constituir domicilio legal, en el radio de los tres kms. del asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 52 del C.P.C.- Notifíquese y líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia con las formalidades y prevenciones de Ley.- Fdo. Dr. Víctor Hugo Farfan Ante mi Dra. Claudia A. Quintar- Secretaria- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndosele saber que se tendrá por notificada desde la última publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 15 de Abril 2016

 

03/06/08 MAR. LIQ. Nº 124863 $360,00.-