BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 29/05/19
Dr. Diego Armando Puca Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 3, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-067641/16 “TARJETA NARANJA S.A. c/ JAUREGUIZAR SANTOS ANTONIO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA” hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: “San Salvador de Jujuy, 24 de Abril de 2019.- Autos y Vistos: Los del presente Expte. C-067641/16 caratulado “Prepara Vía Ejecutiva: TARJETA NARANJA S.A. c/ JAUREGUIZAR SANTOS ANTONIO, I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por TARJETA NARANJA S.A. en contra del SR. JAUREGUIZAR SANTOS ANTONIO hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos cuarenta y siete mil setecientos sesenta y uno c/64/100 ctvs ($47.761,64) con más los intereses según lo expuesto en el considerando anterior tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada ésta a la fecha denunciada en el escrito de demanda (10/02/2016), y de allí en mas los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijarán en un 50% de los moratorios, con más I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (art. 102 C.P.C.) III.- Diferir la regulación de honorarios hasta tanto exista planilla de liquidación aprobada en autos.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 23 en contra del demandado mandándose notificar la presente Resolución mediante cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. V.- Firme la presente por secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa .- VI.- Notificar por cédula, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Dr. Diego Armando Puca Juez, Ante Mi Dra. Elisa Marcet Firma Habilitada.- Notifíquese por edictos. Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, a los 07 días del mes de Mayo del 2019.-
24/27/29 MAY. LIQ. Nº 17651 $ 615,00.-