BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 27/05/19
EXPTE. Nº 1414-1383/2018.-
C/agdo. Nº 1414-362/2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 MAR. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del CABO CHURQUINA MIRANDA ROSANA FABIANA, D.N.I. N° 22.615.730, Legajo, N° 15.817, de acuerdo a las previsiones del articulo 93º inc. c) de la Ley Nº 3758/81 modificado por el Decreto Nº 2810-G/01.-
ARTICULO 2°.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO CHURQUINA MIRANDA ROSANA FABIANA, D.N.I. N° 22.615.730, Legajo, N° 15.817, por encontrarse comprendido en las disposiciones del articulo 14º inc. d) de la Ley 3759/81 y Decreto Nº 1161-MS/16.-
ARTICULO 3°.- Por Policía de la Provincia notifiques–e al funcionario con sujeción al Procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50º y ccs. de la Ley N° 1886/48.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR