BOLETÍN OFICIAL Nº 59 – 24/05/19
Dr. Jorge Daniel Alsina, Vocal de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-161.741/06 Prescripción Adquisitiva; QUIROGA FELIPA c/ VILTE ROSA (sucesorio) VILTE JOSEFA y ESTADO PROVINCIAL, publíquese el siguiente Decreto; “San Salvador de Jujuy 22 de Abril del Año 2019. I- Proveyendo a la presentación de fs. 422: atento el informe actuarial que antecede, lo solicitado por el Dr. Miguel Ángel Lello y en virtud de lo previsto por el Art. 298- 2° apartado del C.P.C., dese por decaído el derecho a contestar la demanda a las demandadas JOSEFA VILTE y los herederos de quien en vida fuere ROSA VILTE. Firme, se designara como representante de los mismos al Sr. Defensor Oficial Civil que por turno corresponda. II- A lo solicitado en relación a los colindantes, no ha lugar, debiendo el ocurrente dar cumplimiento con la notificación ordenada en el III párrafo de fs. 330 y notificar a los citados en los domicilios reales denunciados. IV- Notifíquese por cédula, a las demandadas mediante edictos, los que se publicarán por tres veces en cinco días en el boletín oficial y un diario local y a los colindantes en sus domicilios reales. – Fdo: Dr. Jorge Daniel Alsina- Vocal- Por Ante mi: Dra. Aixa Yazlle- Firma Habilitada.‑ San Salvador de Jujuy, 07 de Mayo de 2019.-
24/27/29 MAY. LIQ. Nº 17710 $ 615,00.-