BOLETÍN OFICIAL Nº 57 – 20/05/19
Dra. Alejandra María Luz Caballero, Presidente de Trámite de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala III, Vocalía nº 8 a cargo del Dr. Augusto J. Bonilla, Prosecretario, en el Expte. Nº C-95306/17, caratulado: “Ordinario por cobro de pesos”, hace saber a la Empresa CONMETAL S.R.L. que se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 17 de diciembre de 2018. 1. Proveyendo el escrito del Dr. Carlos Alberto Alvarado (h) de fs. 45, punto 1), ténganse presentes la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en el Diario “Pregón” con sus respectivos recibos (fs. 37/44), conforme lo ordenado a fs. 34 de autos. Atento lo informado por Secretaria, al pedido de la actora a fs. 45, ha lugar. En su merito, hácese efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 11 y fs. 34 de autos y en consecuencia, téngase por contestada la demanda por la razón social COMMETAL S.R.L. en los términos del art. 298 del C.P.C. Notifíqueselo de este proveído en el domicilio real denunciado mediante edictos y de los sucesivos por Ministerio de la Ley (art. 52 del C.P.C.). Designase al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes en su representación, intimándolo para que en el termino de cinco días de su notificación, tome participación en los presentes autos, bajo apercibimiento de continuar los mismos según su estado. 2. Notifíquese (art. 155 y 156 del C.P.C.). Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local, tres veces en el termino de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 27 de diciembre del 2018.-
15/17/20 MAY. LIQ. Nº 16753 $615,00.-