BOLETÍN OFICIAL Nº 57 – 20/05/19
Por la presente se hace saber que en Expte Nº B-149.718/05 caratulado “Demanda por Prescripción Adquisitiva LUIS AMANTE Y FILOMENA QUISPE c/ GARCIA DEL RIO DE GRANDI JULIA ELCIRA” se ha dictado la siguiente resolución: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, República Argentina, a los 23 días del mes de abril de 2019, los Sres. Vocales de la Sala Primera de la Cámara en lo Civil y Comercial Dres. Esteban Javier Arias Cáu, Elba Rita Cabezas y Marisa Eliana RONDON (por habilitación) bajo la presidencia del primero de los nombrados, vieron el presente Expte. Nº B-149.718/06 caratulado: “Ordinario por Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: Amante, Luis c/ García Del Río De Grandi, Julia Elcira” en los que: Resuelve: 1º) Hacer lugar a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio promovida en autos por los Sres. Luis AMANTE y Filomena QUISPE, en consecuencia, declarar que por la posesión de más de 20 años han adquirido la propiedad del inmueble individualizado como Padrón A-31536, Circunscripción 1, Sección 11, Manzana 184, Parcela 2, Matricula A-22144-31536, ubicado en Barrio Azopardo de esta ciudad según plano de mensura para prescripción adquisitiva aprobado por Res. Nº 05235 de la Dirección Provincial de Inmuebles de fecha 20/7/2005. 2º) Imponer las costas a la vencida (Art. 102, CPC). 3º) Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se arrimen elementos suficientes para tal fin. 4º) Ordenar la publicación de los edictos de la parte dispositiva de la sentencia de conformidad al art. 541 del C.P.C. 5º) Firme y ejecutoriada la presente sentencia, librar oficio a la Dirección General de Inmuebles para la inscripción dispuesta en el punto 1º), a cuyo efecto se extenderá testimonio de la parte dispositiva de la presente, dejándose constancia que una vez cumplida la inscripción se entregará como título a la parte actora. 6º) Regístrese, agréguese copia en autos, notifíquese por cédula, dese intervención a C.A.P.S.A.P. y Dirección Provincial de Rentas, debiendo darse cumplimiento a las normas impositivas, protocolícese y oportunamente archívese. Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cáu Presidente de trámite, Dra. Elba Rita Cabezas, Dra. Marisa Eliana Rondon Vocales habilitados. Ante mi Dra. Malvina Pedrazzani prosecretaria.- Dado en San Salvador de Jujuy, a los 3 días del mes de mayo de 2019.-
15/17/20 MAY. LIQ. Nº 17590-17585 $615,00.-