BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 17/05/19
Escritura Numero Ochenta y Nueve.- Nº 89- Partición de Herencia con Adjudicación de Inmuebles otorgada por Suraya Basbus, Gustavo Alfredo Jorge, y Ana Carolina Jorge.- En esta ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil diez, ante mí, Carolina Alexander, Escribana Autorizante, Titular del Registro Número 62, comparecen: la señora Suraya Basbus, argentina, con Documento Nacional de Identidad número 9.301.773, CUIL 27-09301773-6, viuda de sus únicas nupcias con Alfredo Jorge, con domicilio en calle Independencia número 1.080 de esta ciudad; el señor Gustavo Alfredo Jorge, argentino, con Documento Nacional de Identidad número 11.207.879, CUIT 20-11207879-8, casado en primeras nupcias con doña Laura Liliana Del Frari, con domicilio en calle Temperley número 42 del Barrio los Perales de esta ciudad; y la señora Ana Carolina Jorge, argentina, con Documento Nacional de Identidad Número 16.756.070, CUIT 27-16756070-4, casada en primeras nupcias con Miguel Ángel Agostini, con domicilio en calle El Pucará número 422 del Barrio Los Perales de esta ciudad, cónyuge e hijos, respectivamente de don Alfredo Jorge, mayores de edad, capaces, de mi conocimiento, doy fe.- Así como de que concurren a éste acto por sí y en ejercicio de sus propios derechos. NATURALEZA DEL ACTO: Y los comparecientes dicen: Que son únicos y universales herederos del señor Alfredo Jorge, fallecido el día primero de julio de 2.006, cuyo juicio sucesorio se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 14, en los Tribunales Ordinarios de esta Ciudad, en el expediente B-158479, caratulado: “Sucesorio Alfredo Jorge”, en el que después de cumplidas las formalidades legales se dictó la DECLARATORIA DE HEREDEROS, en la que los comparecientes fueron designados herederos del causante, como se verá más adelante. Y en tal carácter los comparecientes exponen: Que han sido inventariados y tasados los bienes que componen el acervo hereditario, a fojas 74 del expediente antes mencionado, la que fotocopia debidamente certificadas agrego a la presente. Que el cuerpo de bienes, y está formado por los siguientes bienes, a saber: INMUEBLES: 1) un inmueble ubicado en esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, e individualizado según título como: LOTE UNO-D-TRES; y con la siguiente nomenclatura catastral: CIRCUNSCRIPCION: UNO, SECCION: UNO; MANZANA: DOCE; PARCELA: UNO-D-TRES; PADRON: A-siete mil ochocientos nueve; MATRICULA: A-cuarenta y nueve mil novecientos veintinueve; que mide: de frente once metros por igual contrafrente, y diecisiete metros con cincuenta centímetros en ambos costados; y limita: al Norte con calle Independencia; al Sud con parcela uno-G-tres; al Este con parte de parcela sin nomenclatura (Corina P. de Zeugin); y al Oeste con parcela uno-D-dos y parte de la parcela uno-D-uno; con una superficie total según planos de ciento noventa y dos metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados. 2) un inmueble ubicado en esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, e individualizado con la siguiente nomenclatura catastral: CIRCUNSCRIPCION: UNO, SECCION: uno; manzana: sesenta y seis; PARCELA: CATORCE; PADRON: A-cuarenta y siete mil quinientos cuarenta y seis; MATRICULA: A-cincuenta mil seiscientos dieciocho; que mide: de frente al Norte, doce metros con once centímetros; de contrafrente al Sud, doce metros con ocho centímetros; en el costado Este, veintiséis metros con veintiocho centímetros; y en el costado Oeste, mide en línea quebrada dieciocho metros con nueve decímetros, más once metros con setenta y siete centímetros; y limita: al Norte con calle Salta; al Sud con parte de la parcela cinco-A; al Este con parte de la parcela cuatro; y al Oeste con las parcelas diez y trece; con una superficie total según planos de trescientos treinta y ocho metros cuadrados con ocho mil cuatrocientos setenta y un decímetros cuadrados; 3) un inmueble ubicado en calle Salta número 837/841 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, e individualizado con la siguiente nomenclatura catastral: CIRCUNSCRIPCION: uno, SECCION: uno; MANZANA: setenta y seis; PARCELA: CUATRO; PADRON: A-cuatrocientos setenta y cinco; MATRICULA: A-cincuenta y cuatro mil setecientos setenta y nueve; que limita: al Norte con la testamentaría de Moisés Kitay; al Sud con calle Salta; al Este con la propiedad de Mariano Cabrera; y al Oeste con la propiedad de José María Romero Escobar; con una superficie total según título de doscientos noventa y cuatro metros cuadrados con seis centímetros cuadrados; 4) una Unidad Funcional Departamento que forma parte del Edificio ubicado en calle Independencia número 954/956 esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, sujeto al Régimen de Propiedad Horizontal, Ley Nacional Nº 13512, y Complementaria Provincial, individualizado como UNIDAD FUNCIONAL NUMERO UNO de PLANTA BAJA, POLIGONO 00-01; PADRON A- ochenta mil seiscientos uno; que posee las siguientes características: Destino: Local comercial.- POLIGONO 00-01- SUPERFICIE PROPIA: CUBIERTA: sesenta y siete metros cuadrados noventa y un decímetros cuadrados; TOTAL POR POLIGONO: sesenta y siete metros cuadrados noventa y un decímetros cuadrados. TOTAL POR UNIDAD FUNCIONAL sesenta y siete metros cuadrados noventa y un decímetros cuadrados, SUPERFICIES COMUNES: CUBIERTA: treinta y ocho metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados; DESCUBIERTA: quince metros cuadrados con veintisiete decímetros cuadrados, ESPACIO LIBRE EXTERIOR: nueve metros cuadrados con treinta y un decímetros cuadrados; SUPERFICIE EXTERIOR POLIGONO 00-03: cuatro metros cuadrados con treinta y siete decímetros cuadrados; MUROS Y TUBOS: cincuenta y siete metros cuadrados treinta decímetros cuadrados. TOTAL: ciento veinticuatro metros cuadrados cuarenta y siete decímetros cuadrados. PORCENTUAL: le corresponde el dieciocho coma cero tres por ciento en relación al total del edificio (18,03 %).- El lote sobre el que se asienta el edificio se individualiza con Nomenclatura Catastral; Circunscripción uno, Sección uno, Manzana: once, Parcela: nueve, Padrón A-seiscientos once el según plano aprobado por Resolución 01290, mide de frente al Norte: quince metros con ochenta y ocho centímetros; de contrafrente al Sud: en línea quebrada mide partiendo desde el punto uno al dos con rumbo Este: ocho metros con setenta y ocho centímetros, del punto dos al tres, con rumbo Sud: dos metros con treinta y ocho centímetros; del punto tres al cuatro, con rumbo Este: siete metros con treinta y seis centímetros; en el costado Este, dieciséis metros con cincuenta y ocho centímetros; y en el costado Oeste, trece metros con catorce centímetros, lo que encierra una Superficie de doscientos treinta y seis metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, dentro de los siguientes límites: al Norte con calle Independencia; al Sud, con parte de las parcelas cuatro. b y cinco. a; al Este con la parcela diez; y al Oeste, con la parcela ocho y parte de las parcelas cinco-b y cinco-a.-; 5) una Unidad Funcional Departamento que forma parte del Edificio ubicado en calle Independencia número 954/956 esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, sujeto al Régimen de Propiedad Horizontal, Ley Nacional Nº 13512, y Complementaria Provincial, individualizado como UNIDAD FUNCIONAL NUMERO DOS de PLANTA BAJA, POLIGONO 00-02; PADRON A-ochenta mil seiscientos dos; que posee las siguientes características: Destino: Local comercial.- POLIGONO 00-02- SUPERFICIE PROPIA: CUBIERTA: setenta y tres metros cuadrados ochenta y cuatro decímetros cuadrados; TOTAL POR POLIGONO: setenta y tres metros cuadrados ochenta y cuatro decímetros cuadrados. TOTAL POR UNIDAD FUNCIONAL setenta y tres metros cuadrados ochenta y cuatro decímetros cuadrados, SUPERFICIES COMUNES: CUBIERTA: treinta y ocho metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados; DESCUBIERTA: quince metros cuadrados con veintisiete decímetros cuadrados, ESPACIO LIBRE EXTERIOR: nueve metros cuadrados con treinta y un decímetros cuadrados; SUPERFICIE EXTERIOR POLIGONO 00-03: cuatro metros cuadrados con treinta y siete decímetros cuadrados; MUROS Y TUBOS: cincuenta y siete metros cuadrados treinta decímetros cuadrados. TOTAL: ciento veinticuatro metros cuadrados cuarenta y siete decímetros cuadrados. PORCENTUAL: le corresponde el diecinueve coma sesenta y un por ciento en relación al total del edificio (19,61 %).- El lote sobre el que se asienta el edificio se individualiza con Nomenclatura Catastral; Circunscripción uno, Sección uno, Manzana: once, Parcela: nueve, Padrón A-seiscientos once el según plano aprobado por Resolución 01290, mide de frente al Norte: quince metros con ochenta y ocho centímetros; de contrafrente al Sud: en línea quebrada mide partiendo desde el punto uno al dos con rumbo Este: ocho metros con setenta y ocho centímetros, del punto dos al tres, con rumbo Sud: dos metros con treinta y ocho centímetros; del punto tres al cuatro, con rumbo Este: siete metros con treinta y seis centímetros; en el costado Este, dieciséis metros con cincuenta y ocho centímetros; y en el costado Oeste, trece metros con catorce centímetros, lo que encierra una Superficie de doscientos treinta y seis metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, dentro de los siguientes límites: al Norte con calle Independencia; al Sud, con parte de las parcelas cuatro.b y cinco.a; al Este con la parcela diez; y al Oeste, con la parcela ocho y parte de las parcelas cinco-b y cinco-a.-; 6) una Unidad Funcional Departamento que forma parte del Edificio ubicado en calle Independencia número 954/956 esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, sujeto al Régimen de Propiedad Horizontal, Ley Nacional Nº 13512, y Complementaria Provincial, individualizado como UNIDAD FUNCIONAL NUMERO TRES de PLANTA BAJA, POLIGONO 00-03; PADRON A-ochenta mil seiscientos tres; que posee las siguientes características: Destino: Local comercial.- POLIGONO 00-03- SUPERFICIE PROPIA: CUBIERTA: sesenta metros cuadrados veintisiete decímetros cuadrados; TOTAL POR POLIGONO: sesenta metros cuadrados veintisiete decímetros cuadrados. TOTAL POR UNIDAD FUNCIONAL sesenta metros cuadrados veintisiete decímetros cuadrados; SUPERFICIES COMUNES: CUBIERTA: treinta y ocho metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados; DESCUBIERTA: quince metros cuadrados con veintisiete decímetros cuadrados, ESPACIO LIBRE EXTERIOR: nueve metros cuadrados con treinta y un decímetros cuadrados; SUPERFICIE EXTERIOR POLIGONO 00-03: cuatro metros cuadrados con treinta y siete decímetros cuadrados; MUROS Y TUBOS: cincuenta y siete metros cuadrados treinta decímetros cuadrados. TOTAL: ciento veinticuatro metros cuadrados cuarenta y siete decímetros cuadrados. PORCENTUAL: le corresponde el dieciséis coma cero uno por ciento en relación al total del edificio (16,01 %).- El lote sobre el que se asienta el edificio se individualiza con Nomenclatura Catastral; Circunscripción uno, Sección uno, Manzana: once, Parcela: nueve, Padrón A-seiscientos once el según plano aprobado por Resolución 01290, mide de frente al Norte: quince metros con ochenta y ocho centímetros; de contrafrente al Sud: en línea quebrada mide partiendo desde el punto uno al dos con rumbo Este: ocho metros con setenta y ocho centímetros, del punto dos al tres, con rumbo Sud: dos metros con treinta y ocho centímetros; del punto tres al cuatro, con rumbo Este: siete metros con treinta y seis centímetros; en el costado Este, dieciséis metros con cincuenta y ocho centímetros; y en el costado Oeste, trece metros con catorce centímetros, lo que encierra una Superficie de doscientos treinta y seis metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, dentro de los siguientes límites: al Norte con calle Independencia; al Sud, con parte de las parcelas cuatro.b y cinco.a; al Este con la parcela diez; y al Oeste, con la parcela ocho y parte de las parcelas cinco-b y cinco-a.; 7) una Unidad Funcional Departamento que forma parte del Edificio ubicado en calle Independencia número 954/956 esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, sujeto al Régimen de Propiedad Horizontal, Ley Nacional Nº 13512, y Complementaria Provincial, individualizado como UNIDAD FUNCIONAL NUMERO CUATRO de PLANTA ALTA, POLIGONO 01-01; PADRON A-OCHENTA MIL SEISCIENTOS CUATRO; que posee las siguientes características: Destino: Local comercial.- POLIGONO 01-01- SUPERFICIE PROPIA: CUBIERTA: dieciocho metros cuadrados sesenta y cinco decímetros cuadrados; TOTAL POR POLIGONO: dieciocho metros cuadrados sesenta y cinco decímetros cuadrados. TOTAL POR UNIDAD FUNCIONAL dieciocho metros cuadrados sesenta y cinco decímetros cuadrados; SUPERFICIES COMUNES: CUBIERTA: treinta y ocho metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados; DESCUBIERTA: quince metros cuadrados con veintisiete decímetros cuadrados, ESPACIO LIBRE EXTERIOR: nueve metros cuadrados con treinta y un decímetros cuadrados; SUPERFICIE EXTERIOR POLIGONO 00-03: cuatro metros cuadrados con treinta y siete decímetros cuadrados; MUROS Y TUBOS: cincuenta y siete metros cuadrados treinta decímetros cuadrados. TOTAL: ciento veinticuatro metros cuadrados cuarenta y siete decímetros cuadrados. PORCENTUAL: le corresponde el cuatro coma noventa y cinco por ciento en relación al total del edificio (4,95 %).- El lote sobre el que se asienta el edificio se individualiza con Nomenclatura Catastral; Circunscripción uno, Sección uno, Manzana: once, Parcela: nueve, Padrón A-seiscientos once el según plano aprobado por Resolución 01290, mide de frente al Norte: quince metros con ochenta y ocho centímetros; de contrafrente al Sud: en línea quebrada mide partiendo desde el punto uno al dos con rumbo Este: ocho metros con setenta y ocho centímetros, del punto dos al tres, con rumbo Sud: dos metros con treinta y ocho centímetros; del punto tres al cuatro, con rumbo Este: siete metros con treinta y seis centímetros; en el costado Este, dieciséis metros con cincuenta y ocho centímetros; y en el costado Oeste, trece metros con catorce centímetros, lo que encierra una Superficie de doscientos treinta y seis metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, dentro de los siguientes límites: al Norte con calle Independencia; al Sud, con parte de las parcelas cuatro.b y cinco.a; al Este con la parcela diez; y al Oeste, con la parcela ocho y parte de las parcelas cinco-b y cinco-a.; 8) una Unidad Funcional Departamento que forma parte del Edificio ubicado en calle Independencia número 954/956 esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, sujeto al Régimen de Propiedad Horizontal, Ley Nacional Nº 13512, y Complementaria Provincial, individualizado como UNIDAD FUNCIONAL NUMERO SIETE de PLANTA ALTA, POLIGONO 01-04; PADRON A-OCHENTA MIL SEISCIENTOS SIETE; que posee las siguientes características: Destino: Local comercial.- POLIGONO 01-04- SUPERFICIE PROPIA: CUBIERTA: veinte metros cuadrados con siete decímetros cuadrados; TOTAL POR POLIGONO: veinte metros cuadrados con siete decímetros cuadrados. TOTAL POR UNIDAD FUNCIONAL veinte metros cuadrados con siete decímetros cuadrados; SUPERFICIES COMUNES: CUBIERTA: treinta y ocho metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados; DESCUBIERTA: quince metros cuadrados con veintisiete decímetros cuadrados, ESPACIO LIBRE EXTERIOR: nueve metros cuadrados con treinta y un decímetros cuadrados; SUPERFICIE EXTERIOR POLIGONO 00-03: cuatro metros cuadrados con treinta y siete decímetros cuadrados; MUROS Y TUBOS: cincuenta y siete metros cuadrados treinta decímetros cuadrados. TOTAL: ciento veinticuatro metros cuadrados cuarenta y siete decímetros cuadrados. PORCENTUAL: le corresponde el cinco coma treinta y tres por ciento en relación al total del edificio (5,33 %).- El lote sobre el que se asienta el edificio se individualiza con Nomenclatura Catastral; Circunscripción uno, Sección uno, Manzana: once, Parcela: nueve, Padrón A-seiscientos once el según plano aprobado por Resolución 01290, mide de frente al Norte: quince metros con ochenta y ocho centímetros; de contrafrente al Sud: en línea quebrada mide partiendo desde el punto uno al dos con rumbo Este: ocho metros con setenta y ocho centímetros, del punto dos al tres, con rumbo Sud: dos metros con treinta y ocho centímetros; del punto tres al cuatro, con rumbo Este: siete metros con treinta y seis centímetros; en el costado Este, dieciséis metros con cincuenta y ocho centímetros; y en el costado Oeste, trece metros con catorce centímetros, lo que encierra una Superficie de doscientos treinta y seis metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, dentro de los siguientes límites: al Norte con calle Independencia; al Sud, con parte de las parcelas cuatro.b y cinco.a; al Este con la parcela diez; y al Oeste, con la parcela ocho y parte de las parcelas cinco-b y cinco-a.; 9) una Unidad Funcional Departamento que forma parte del Edificio ubicado en calle Independencia número 954/956 esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, sujeto al Régimen de Propiedad Horizontal, Ley Nacional Nº 13512, y Complementaria Provincial, individualizado como UNIDAD FUNCIONAL NUMERO NUEVE de PLANTA ALTA, POLIGONO 01-06; PADRON A-OCHENTA MIL SEISCIENTOS NUEVE; que posee las siguientes características: Destino: Local comercial.- POLIGONO 01-06- SUPERFICIE PROPIA: CUBIERTA: veintiún metros cuadrados con ocho decímetros cuadrados; TOTAL POR POLIGONO: veintiún metros cuadrados con ocho decímetros cuadrados. TOTAL POR UNIDAD FUNCIONAL veintiún metros cuadrados con ocho decímetros cuadrados; SUPERFICIES COMUNES: CUBIERTA: treinta y ocho metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados; DESCUBIERTA: quince metros cuadrados con veintisiete decímetros cuadrados, ESPACIO LIBRE EXTERIOR: nueve metros cuadrados con treinta y un decímetros cuadrados; SUPERFICIE EXTERIOR POLIGONO 00-03: cuatro metros cuadrados con treinta y siete decímetros cuadrados; MUROS Y TUBOS: cincuenta y siete metros cuadrados treinta decímetros cuadrados. TOTAL: ciento veinticuatro metros cuadrados cuarenta y siete decímetros cuadrados. PORCENTUAL: le corresponde el cinco coma sesenta por ciento en relación al total del edificio (5,60 %).- El lote sobre el que se asienta el edificio se individualiza con Nomenclatura Catastral; Circunscripción uno, Sección uno, Manzana: once, Parcela: nueve, Padrón A-seiscientos once el según plano aprobado por Resolución 01290, mide de frente al Norte: quince metros con ochenta y ocho centímetros; de contrafrente al Sud: en línea quebrada mide partiendo desde el punto uno al dos con rumbo Este: ocho metros con setenta y ocho centímetros, del punto dos al tres, con rumbo Sud: dos metros con treinta y ocho centímetros; del punto tres al cuatro, con rumbo Este: siete metros con treinta y seis centímetros; en el costado Este, dieciséis metros con cincuenta y ocho centímetros; y en el costado Oeste, trece metros con catorce centímetros, lo que encierra una Superficie de doscientos treinta y seis metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, dentro de los siguientes límites: al Norte con calle Independencia; al Sud, con parte de las parcelas cuatro.b y cinco.a; al Este con la parcela diez; y al Oeste, con la parcela ocho y parte de las parcelas cinco-b y cinco-a; 10) una Unidad Funcional Departamento que forma parte del Edificio ubicado en calle Independencia número 954/956 esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, sujeto al Régimen de Propiedad Horizontal, Ley Nacional Nº 13512, y Complementaria Provincial, individualizado como UNIDAD FUNCIONAL NUMERO DIEZ de PLANTA ALTA, POLIGONO 01-07; PADRON A-OCHENTA MIL SEISCIENTOS DIEZ; que posee las siguientes características: Destino: Local comercial.- POLIGONO 01-07- SUPERFICIE PROPIA: CUBIERTA: quince metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados; TOTAL POR POLIGONO: quince metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. TOTAL POR UNIDAD FUNCIONAL quince metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados; SUPERFICIES COMUNES: CUBIERTA: treinta y ocho metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados; DESCUBIERTA: quince metros cuadrados con veintisiete decímetros cuadrados, ESPACIO LIBRE EXTERIOR: nueve metros cuadrados con treinta y un decímetros cuadrados; SUPERFICIE EXTERIOR POLIGONO 00-03: cuatro metros cuadrados con treinta y siete decímetros cuadrados; MUROS Y TUBOS: cincuenta y siete metros cuadrados treinta decímetros cuadrados. TOTAL: ciento veinticuatro metros cuadrados cuarenta y siete decímetros cuadrados. PORCENTUAL: le corresponde el cuatro coma catorce por ciento en relación al total del edificio (4,14 %).- El lote sobre el que se asienta el edificio se individualiza con Nomenclatura Catastral; Circunscripción uno, Sección uno, Manzana: once, Parcela: nueve, Padrón A-seiscientos diez el según plano aprobado por Resolución 01290, mide de frente al Norte: quince metros con ochenta y ocho centímetros; de contrafrente al Sud: en línea quebrada mide partiendo desde el punto uno al dos con rumbo Este: ocho metros con setenta y ocho centímetros, del punto dos al tres, con rumbo Sud: dos metros con treinta y ocho centímetros; del punto tres al cuatro, con rumbo Este: siete metros con treinta y seis centímetros; en el costado Este, dieciséis metros con cincuenta y ocho centímetros; y en el costado Oeste, trece metros con catorce centímetros, lo que encierra una Superficie de doscientos treinta y seis metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, dentro de los siguientes límites: al Norte con calle Independencia; al Sud, con parte de las parcelas cuatro.b y cinco.a; al Este con la parcela diez; y al Oeste, con la parcela ocho y parte de las parcelas cinco-b y cinco-a; 11) una Unidad Funcional Departamento que forma parte del Edificio ubicado en calle Independencia número 954/956 esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, sujeto al Régimen de Propiedad Horizontal, Ley Nacional Nº 13512, y Complementaria Provincial, individualizado como UNIDAD FUNCIONAL NUMERO ONCE de PLANTA ALTA, POLIGONO 01-08; PADRON A-OCHENTA MIL SEISCIENTOS ONCE; que posee las siguientes características: Destino: Local comercial.- POLIGONO 01-08- SUPERFICIE PROPIA: CUBIERTA: dieciocho metros cuadrados con setenta y ocho decímetros cuadrados; TOTAL POR POLIGONO: dieciocho metros cuadrados con setenta y ocho decímetros cuadrados. TOTAL POR UNIDAD FUNCIONAL dieciocho metros cuadrados con setenta y ocho decímetros cuadrados; SUPERFICIES COMUNES: CUBIERTA: treinta y ocho metros cuadrados con veintidós decímetros cuadrados; DESCUBIERTA: quince metros cuadrados con veintisiete decímetros cuadrados, ESPACIO LIBRE EXTERIOR: nueve metros cuadrados con treinta y un decímetros cuadrados; SUPERFICIE EXTERIOR POLIGONO 00-03: cuatro metros cuadrados con treinta y siete decímetros cuadrados; MUROS Y TUBOS: cincuenta y siete metros cuadrados treinta decímetros cuadrados. TOTAL: ciento veinticuatro metros cuadrados cuarenta y siete decímetros cuadrados. PORCENTUAL: le corresponde el cuatro coma noventa y nueve por ciento en relación al total del edificio (4,99 %).- El lote sobre el que se asienta el edificio se individualiza con Nomenclatura Catastral; Circunscripción uno, Sección uno, Manzana: once, Parcela: nueve, Padrón A-seiscientos once el según plano aprobado por Resolución 01290, mide de frente al Norte: quince metros con ochenta y ocho centímetros; de contrafrente al Sud: en línea quebrada mide partiendo desde el punto uno al dos con rumbo Este: ocho metros con setenta y ocho centímetros, del punto dos al tres, con rumbo Sud: dos metros con treinta y ocho centímetros; del punto tres al cuatro, con rumbo Este: siete metros con treinta y seis centímetros; en el costado Este, dieciséis metros con cincuenta y ocho centímetros; y en el costado Oeste, trece metros con catorce centímetros, lo que encierra una Superficie de doscientos treinta y seis metros cuadrados con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, dentro de los siguientes límites: al Norte con calle Independencia; al Sud, con parte de las parcelas cuatro.b y cinco.a; al Este con la parcela diez; y al Oeste, con la parcela ocho y parte de las parcelas cinco-b y cinco-a; 12) un inmueble ubicado en San Pedrito de esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, e individualizado con la siguiente nomenclatura catastral: CIRCUNSCRIPCION: UNO, SECCION: DIEZ; MANZANA: CIENTO NUEVE; PARCELA: DIECISIETE; PADRON: A-CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO; MATRICULA: A-CATORCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO- CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO; que mide: de frente al Sudoeste, ocho metros con treinta y seis centímetros; de contrafrente al Noreste, ocho metros; en el costado Sudeste, veintidós metros con cincuenta y seis centímetros; y en el costado Noroeste, veinte metros con trece centímetros; y limita: al Noreste con lote diez- Hoy Parcela diez; al Noroeste con lote dieciocho- Hoy parcela dieciocho; al Sudeste con lote dieciséis- Hoy Parcela dieciséis; y al Sudoeste con Ruta número nueve- Hoy Avenida Almirante Brown; con una superficie total según planos de ciento setenta metros cuadrados con setenta y seis decímetros cuadrados, conforme a inventario, tasado según valuación fiscal en $ 6.674,00; 13) un inmueble ubicado en Yala, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, e individualizado según Título como MANZANA: DOSCIENTOS VEINTIDOS- C; PARCELA: TRES, y con la siguiente nomenclatura catastral: CIRCUNSCRIPCION: DOS, SECCION: DOS; MANZANA: DOSCIENTOS VEINTIDOS- C ; PARCELA: TRES; PADRON: A-TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS; MATRICULA: A-TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCO- TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS; que mide: de frente al Norte, seis metros con sesenta y nueve centímetros y veinte metros en línea quebrada; de contrafrente al Sud, veintitrés metros con setenta y siete centímetros; en el costado Este, sesenta y ocho metros treinta y cinco centímetros; y en el costado Oeste, cincuenta y siete metros con doce centímetros; y limita: al Norte con Pasaje; al Sud con parte del lote rural doscientos veintidós-b; al Este con Parcela dos; y al oeste con parcela cuatro; con una superficie total según planos de un mil cuatrocientos cincuenta y cinco metros cuadrados con ochenta y cuatro decímetros cuadrados; 14) un inmueble ubicado en Yala, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, e individualizado según Título como MANZANA: DOSCIENTOS VEINTIDOS- C; PARCELA: DOCE, y con la siguiente nomenclatura catastral: CIRCUNSCRIPCION: DOS, SECCION: DOS; MANZANA: DOSCIENTOS VEINTIDOS- C ; PARCELA: DOCE; PADRON: A-TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO; MATRICULA: A-TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS DOCE- TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO; que mide: de frente al Norte, trece metros con sesenta centímetros y dieciocho metros con dieciséis centímetros en línea quebrada; de contrafrente al Sud, catorce metros con tres decímetros; en el costado Este, cincuenta y un metros sesenta y tres centímetros; y en el costado Oeste, cuarenta y nueve metros con cincuenta centímetros; y limita: al Norte con Pasaje; al Sud correcto: con parte del lote doscientos veintidós (remanente); al Este con Parcela once; y al oeste con parcela trece; con una superficie total según planos de un mil ciento sesenta y dos metros cuadrados con noventa y seis decímetros cuadrados; 15) una Unidad Funcional Departamento que forma parte del Edificio ubicado en Barrio Los Perales esta ciudad de San Salvador de Jujuy, jurisdicción del Departamento Doctor Manuel Belgrano de esta Provincia de Jujuy, sujeto al Régimen de Propiedad Horizontal, Ley Nacional Nº 13512, y Complementaria Provincial, individualizado como UNIDAD FUNCIONAL NUMERO TRES de PLANTA BAJA Y PLANTA ALTA, POLIGONO 00-03; PADRON A-setenta y cinco mil novecientos cuarenta y nueve; que posee las siguientes características: Destino: Vivienda.- POLIGONO 00-03- SUPERFICIE PROPIA: CUBIERTA: treinta y tres metros cuadrados con setenta y nueve decímetros cuadrados, DESCUBIERTA: cuarenta y un metros cuadrados con tres decímetros cuadrados; TOTAL POR POLIGONO: setenta y cuatro metros cuadrados con ochenta y dos decímetros cuadrados. POLIGONO 01-03- CUBIERTA: cuarenta y dos metros cuadrados con treinta decímetros cuadrados, TOTAL POR POLIGONO: cuarenta y dos metros cuadrados con treinta decímetros cuadrados. TOTAL POR UNIDAD FUNCIONAL ciento diecisiete metros cuadrados con doce decímetros cuadrados; PORCENTUAL: le corresponde el dieciséis coma noventa y dos por ciento en relación al total del edificio (16,92 %).- SUPERFICIES COMUNES: MUROS Y TUBOS: cincuenta y dos metros cuadrados cincuenta decímetros cuadrados. TOTAL: cincuenta y dos metros cuadrados cincuenta decímetros cuadrados.- El lote sobre el que se asienta el edificio se individualiza con Nomenclatura Catastral; Circunscripción uno, Sección cinco, Manzana: ciento cincuenta y siete, Parcela: quince, Padrón A-setenta y cinco mil novecientos cuarenta y nueve el según plano aprobado por Resolución 980019, mide de frente: quince metros; de contrafrente: quince metros; y cuarenta metros en cada costado, lo que encierra una Superficie de seiscientos metros cuadrados, dentro de los siguientes límites: al Norte con parcela diecisiete; al Sud, con calle El Chañar; al Este con la parcela catorce; y al Oeste, con la parcela dieciséis; CUOTAS SOCIALES: 16) cinco mil cinco (5.005) cuotas sociales de la firma “Said Jorge e Hijos S.R.L.”; y 17) AUTOMOTOR: Un automóvil Marca Mercedes Benz, Modelo 190 E 2.3 1989, Tipo Sedán 4 puertas, año 1989, motor marca Mercedes Benz Nº 102985-12-079754E.9.0, chasis marca Meredes Benz Nº WDB201028-1F-650941, dominio RMR 059.- ANTECEDENTES DOMINIALES: LE CORRESPONDEN A ALFREDO JORGE (hoy su sucesión): La propiedad descripta en 1) por compra que hiciera a Don Balbino M. Cormenzana y otros, mediante Escritura Número ciento ochenta y tres, de fecha nueve de diciembre de 1954, autorizada por el Escribano Néstor Sánchez Mera; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-49929; La propiedad descripta en 2) por dación en pago que le hiciera “Said Jorge e hijos S.R.L.”, mediante Escritura Número trescientos diez de fecha seis de noviembre de 1989, autorizada por el Escribano Ernesto González de los Ríos; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-50618; La propiedad descripta en 3) por compra que hiciera a Walter Antonio Yutronich, mediante Escritura Número noventa y cinco, de fecha diecinueve de febrero de 1975, autorizada por el Escribano Ernesto González de los Ríos; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-54779. La propiedad descripta en 4) por compra que hiciera a Don Gustavo Alfredo Jorge, mediante Escritura Número ciento treinta y ocho de fecha seis de mayo de 1983, autorizada por el Escribano Julio Frías; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-62958. La propiedad descripta en 5) por compra que hiciera a Don Gustavo Alfredo Jorge, mediante Escritura Número ciento treinta y ocho de fecha seis de mayo de 1983, autorizada por el Escribano Julio Frías; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-62959. La propiedad descripta en 6) por compra que hiciera a Don Gustavo Alfredo Jorge, mediante Escritura Número ciento treinta y ocho de fecha seis de mayo de 1983, autorizada por el Escribano Julio Frías; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-62960. La propiedad descripta en 7) por compra que hiciera a Don Gustavo Alfredo Jorge, mediante Escritura Número ciento treinta y ocho de fecha seis de mayo de 1983, autorizada por el Escribano Julio Frías; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-62961. La propiedad descripta en 8) por compra que hiciera a Don Gustavo Alfredo Jorge, mediante Escritura Número ciento treinta y ocho de fecha seis de mayo de 1983, autorizada por el Escribano Julio Frías; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-62964. La propiedad descripta en 9) por compra que hiciera a Don Gustavo Alfredo Jorge, mediante Escritura Número ciento treinta y ocho de fecha seis de mayo de 1983, autorizada por el Escribano Julio Frías; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-62966 La propiedad descripta en 10) por compra que hiciera a Don Gustavo Alfredo Jorge, mediante Escritura Número ciento treinta y ocho de fecha seis de mayo de 1983, autorizada por el Escribano Julio Frías; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-62967. La propiedad descripta en 11) por compra que hiciera a Don Gustavo Alfredo Jorge, mediante Escritura Número ciento treinta y ocho de fecha seis de mayo de 1983, autorizada por el Escribano Julio Frías; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-62968. LE CORRESPONDEN A SURAYA BASBUS DE JORGE (cónyuge en primeras nupcias del causante): La propiedad descripta en 12) por compra que hiciera a Don Gustavo Alfredo Jorge, mediante Escritura Número ciento doce de fecha dos de mayo de 2002, autorizada por el Escribano Jorge Alberto Frías; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-14578-43228. La propiedad descripta en 13) por compra que hiciera a Doña Lidia Buttazoni de Del Frari, mediante Escritura Número sesenta y siete de fecha doce de marzo de 1984, autorizada por el Escribano Jorge Alberto Frías; cuyo primer testimonio obra inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-37905-35456. La propiedad descripta en 14) a) por compra de la mitad indivisa que hiciera a Don Ramón García Gurrea, mediante Escritura Número seiscientos uno de fecha veintiuno de diciembre de 1979, autorizada por el Escribano Ernesto González de los Ríos, y b) por compra de la restante mitad indivisa que hiciera a Don Raúl Ernesto Ballester Álvarez y otros, mediante Escritura Número cuatrocientos cincuenta y seis de fecha dieciséis de septiembre de 1980, autorizada por el Escribano Ernesto González de los Ríos; cuyos primer testimonios obran inscripto en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-37912-35465 La propiedad descripta en 15) por: a) División de condominio que hicieran con Don Gustavo Augusto Bonilla, Raquel Palomares y Luisa Yolanda Del Frari de Savio, mediante Escritura Número sesenta y cinco de fecha once de marzo de 1998, autorizada por el Escribano Jorge Alberto Frías; y b) Compra que hiciera mediante Escritura Número trescientos veintiuno de fecha diez de noviembre de 1997, autorizada por el Escribano Jorge Alberto Frías; cuyos primeros testimonios obran inscriptos en el Registro Inmobiliario de la Dirección Provincial de Inmuebles, bajo Matrícula A-47100, 16) Le corresponden al causante cinco mil cinco (5005) cuotas sociales de la razón social “Said Jorge e Hijos S.R.L.” por los siguientes conceptos: a) Contrato constitutivo pasado por instrumento privado de fecha quince de junio de 1970, inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha trece de agosto de 1970, bajo el número de orden 2.890, al folio 522/9 y Legajo XXXV del Registro de Escrituras Mercantiles, e inscripto al folio 244, acta 2.200 del libro VI de la Matricula de Comerciantes; y b) Reconducción o Reactivación de la sociedad suscripto por instrumento privado de fecha veintisiete de octubre de 1.986, inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, con copia, bajo asiento 44, al folio 210/212 de S.R.L., Tomo I, del Legajo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles con fecha veintidós de diciembre de 1.986.- REGLAMENTO DE COPROPIEDAD: Se encuentran sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal los inmuebles individualizados: 1) con padrón A-75949 mediante el Reglamento de Copropiedad y Administración otorgado por Escritura Nº 65 de fecha 11 de marzo del 1.998, autorizada por el Escribano Jorge Alberto Frías, Titular del Registro Nº 35 de esta ciudad, inscripto bajo Matricula A- 47.100, doy fe; 2) con padrón A-80601, A-80602, A-80603, A-80604, A-80607, A-80609, A-80610 y A-80611 mediante el Reglamento de Copropiedad y Administración otorgado por Escritura Nº 33 de fecha 26 de abril del 2.002, autorizada por el Escribano Ernesto González de los Ríos, Titular del Registro Nº 13 de esta ciudad, inscriptos bajo Matriculas A-62.958, A-62.959, A-62.960, A-62.961, A-62.964, A-62.966, A-62.967 y A-62.968 doy fe.- Los comparecientes manifiestan que la sucesión no registra pasivo alguno y que desean hacer cesar la comunidad hereditaria existente entre ellos, por lo que, en ejercicio de la facultad que les confiere el artículo 3452 del Código Civil, vienen a practicar la partición extrajudicial de la herencia, por lo que proceden a DIVIDIRSE Y ADJUDICARSE los bienes hereditarios en la siguiente forma: HIJUELA PRIMERA: CORRESPONDIENTE A SURAYA BASBUS: Se le adjudica en pago: 1) el usufructo del inmueble designado en el punto 1), padrón A-7809, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 2) el usufructo del inmueble designado en el punto 2), Padrón A-47.546, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 3) el usufructo del inmueble designado en el punto 3), Padrón A-475, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 4) el usufructo del inmueble designado en el punto 13), Padrón A-35.456, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 5) el usufructo del inmueble designado en el punto 14), Padrón A-35.465, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 6) el usufructo del inmueble designado en el punto 15), padrón A-75.949, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; y 7) Un automóvil Marca Mercedes Benz, Modelo 190 E 2.3 1989, tipo Sedán 4 puertas, año 1989, motor marca Mercedes Benz Nº 102985-12-079754E.9.0, chasis marca Meredes Benz Nº WDB201028-1F-650941, dominio RMR 059.- Quedando de esta forma pagada su hijuela. HIJUELA SEGUNDA: CORRESPONDIENTE A ANA CAROLINA JORGE: Se le adjudica en pago: 1) la mitad indivisa de la nuda propiedad del inmueble designado en el punto 1), padrón A-7809, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 2) la nuda propiedad de la mitad indivisa del inmueble designado en el punto 2), Padrón A-47.546, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 3) la mitad indivisa del inmueble designado en el punto 3), Padrón A-475, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 4) la mitad indivisa del inmueble designado en el punto 13), Padrón A-35.456, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 5) la mitad indivisa del inmueble designado en el punto 14), Padrón A-35.465, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 6) la mitad indivisa del inmueble designado en el punto 15), Padrón A-75.949, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; y 7) la cantidad de dos mil quinientas dos (2.502) cuotas sociales; y la mitad indivisa de (1) una cuota social, de la firma social “Said Jorge e hijos S.R.L.”.- Quedando de esta forma pagada su hijuela. HIJUELA TERCERA: CORRESPONDIENTE A GUSTAVO ALFREDO JORGE: Se le adjudica en pago: 1) la mitad indivisa de la nuda propiedad del inmueble designado en el punto 1), padrón A-7809, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 2) la nuda propiedad de la mitad indivisa del inmueble designado en el punto 2), Padrón A-47.546, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan aquí por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 3) la mitad indivisa del inmueble designado en el punto 3), Padrón A-475, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 4) el inmueble designado en el punto 4), Padrón A-80.601, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 5) el inmueble designado en el punto 5), Padrón A-80.602, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 6) el inmueble designado en el punto 6), Padrón A-80.603, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 7) el inmueble designado en el punto 7), Padrón A-80.604, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 8) el inmueble designado en el punto 8), Padrón A-80.607, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 9) el inmueble designado en el punto 9), Padrón A-80.609, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 10) el inmueble designado en el punto 10), Padrón A-80.610, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 11) el inmueble designado en el punto 11), Padrón A-80.611, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 12) el inmueble designado en el punto 12, Padrón A-43.228, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 13) la mitad indivisa de la nuda propiedad del inmueble designado en el punto 13), padrón A-35.456, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 14) la mitad indivisa de la nuda propiedad del inmueble designado en el punto 14), padrón A-35.465, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; 15) la mitad indivisa de la nuda propiedad del inmueble designado en el punto 15), padrón A-75.949, cuyas medidas, linderos, superficie y demás características se dan por reproducidas en este lugar a sus efectos legales; y 16) la cantidad de dos mil quinientas dos (2.502) cuotas sociales, y la mitad indivisa de (1) una cuota social, de la firma social “Said Jorge e hijos S.R.L.”.- Quedando de esta forma pagada su hijuela.- Manifiestan los comparecientes: Que bajo los términos que anteceden, dejan formalizada la DIVISION Y ADJUDICACION DE BIENES habidos hereditarios en la sucesión de don Alfredo Jorge, agregando que se encuentran en la posesión material y efectiva de los inmuebles descriptos, y solicitan se expidan copias para cada heredero. CONSTANCIAS NOTARIALES: De los certificados expedidos por el mencionado Registro bajo el número 5435 de fecha veintinueve de abril del corriente año, surge: que constan los dominios inscriptos en la forma expresada, que los inmuebles no registran hipotecas, restricciones, interdicciones, ni ningún otro género de gravámenes, medidas cautelares o derechos reales, y que los comparecientes no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes. Valuaciones fiscales según el orden de descripción: $ 132.362; $ 122.796; $ 159.752; $ 55.891; $ 60.756; $ 49.768; $ 14.468; $ 15.650; $ 16.528; $ 12.064; $ 14.725; $ 26.408; $ 19.021; $ 17.235; $ 57.427.- En este estado los comparecientes declaran: Que no se adeuda suma alguna en concepto de impuestos, tasas de servicios y/o contribuciones de mejoras, y de acuerdo al artículo quinto de la Ley Nacional Número 22.417, asumen en forma solidaria la obligación de pago de toda diferencia exigible que pudiere resultar ante el organismo acreedor, eximiendo por tal circunstancia a mí, la Autorizante de solicitar los Certificados Administrativos correspondientes, liberándome de toda responsabilidad al respecto. CONSTANCIAS JUDICIALES: De la Declaratoria de Herederos, dictada en los Autos caratulados “Sucesorio Alfredo Jorge”, Expediente Nº B-158479/06, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 14, en los Tribunales Ordinarios de esta Ciudad dice; “Decreto fs. 54: “San Salvador de Jujuy, 6 de noviembre de 2006- AUTOS Y VISTOS:… RESULTA: … CONSIDERANDO:… RESUELVE:…I- Declarar que por fallecimiento de ALFREDO JORGE, hecho ocurrido en esta ciudad de SAN SALVADOR DE JUJUY, PROVINCIA DE JUJUY, REPUBLICA ARGENTINA, el día 01 de julio de 2006, le suceden como únicos y universales herederos en cuanto por derecho hubiere lugar y sin perjuicio de terceros, en las proporciones de ley sus hijos: GUSTAVO ALFREDO JORGE Y ANA CAROLINA JORGE; sin perjuicio de los derechos que le corresponden a la cónyuge supérstite, Sra. SURAYA BASBUS, como socia de la Sociedad Conyugal (arts. 3.410, 3565, 3570 del Código Civil).- … Fdo. Dra. Amalia I. Montes, Juez; Dra. María Julia Garay, Secretaria.” Lo reproducido es copia fiel del testimonio expedido en el sucesorio relacionado, que tengo a la vista y agrego al legajo de comprobantes. Del expediente: Del sucesorio antes relacionado surge que se encuentran en condiciones legales y fiscales para otorgar el acto.- Domicilio: Las partes declaran que los domicilios indicados al comienzo revisten el carácter de real y fiscal. (Disp. Tec. Reg. 1/96).- Previa lectura y ratificación, firman los comparecientes, como acostumbran hacerlo por ante mí, Escribana Autorizante, que certifico y doy fe. Firmado: Suraya Basbus, Gustavo Alfredo Jorge, Ana Carolina Jorge.- Esta mi firma sobre el sello notarial: Carolina Alexander, Escribana Titular R. Nº 62, San Salvador de Jujuy.- Concuerda: Con su matriz que pasó ante mí al folio ciento sesenta y cuatro del Protocolo Sección A del Registro Número 62 a mi cargo, doy fe.- Expido para el señor Gustavo Alfredo Jorge esta Primera Copia o Testimonio en trece fojas de Actuación Notarial que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. CAROLINA ALEXANDER, TIT. REG. Nº 62, S.S. DE JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día conformidad al Art. 10 de la ley 19550.- San Salvador de Jujuy, 07 de mayo de 2.019.-
JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
17 MAY. LIQ. Nº 17593 $455,00.-