BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 13/05/19

CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PERICO

ORDENANZA N° 1.312/2.019.-

Ref.: “IMPOSICIÓN del nombre BARRIO ANTÁRTIDA ARGENTINA”, y Nominación de las Arterias, al núcleo urbano conocido como Sector barrial Loteo Administración”. Iniciado por Comisión Provisoria Centro vecinal y vecinos del Sector.

VISTO:

El pedido iniciado por La Comisión Provisoria del Centro vecinal Sra. Dina Tolaba, DNI 21.768.395; Norma Celia Mamani, DNI 18.844.831, Elva Gladis Chosco, DNI 21.005.970,  y vecinos del sector barrial Ref. Solicitud de denominación del Barrio con el nombre de Antártida Argentina y que incluye la nominación de calles y avenidas del mismo; y

CONSIDERANDO:

Que, tal requerimiento se encuentra avalado por firmas de vecinos, propietarios pertenecientes a dicho sector, quienes elevan para conocimiento del Cuerpo un detalle de los distintos nombres de calles y avenidas para su aprobación, como así también el nombre a designar al barrio en cuestión.

Que, los mencionados vecinos fundamentan dicho requerimiento en la necesidad de contar con la debida identificación de los domicilios, a los fines de facilitar la recepción y envió de la correspondencia epistolar, fijación y declaración de domicilios legales que pudieran corresponder en instrumentos públicos y privados, certificados de residencia y convivencia, fijación de domicilios en Documentos Nacional de Identidad, etc.

Que, la Ordenanza 1.142/016 Reglamenta la imposición o nominación de los nombres a las calles y barrios de nuestro ejido municipal con la participación de los habitantes de los sectores involucrados.

Que, conforme surge del artículo 54 Inc. 11 de la Carta Orgánica Municipal, es competencia del Concejo Deliberante, “nominar calles, plazas, avenidas,  parques, puentes pasajes públicos en general y barrios de la Ciudad;

Por todo ello,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO

ORDENA

ARTICULO 1°: IMPÓNGASE el Nombre de  ANTÁRTIDA ARGENTINA” al Sector habitacional conocido como Loteo Administración, que se encuentra integrado por 3 (tres) manzanas cuyos límites son: AL NORTE: Ruta Provincial 54.- AL SUR: Avda. Malvinas Argentinas.- AL ESTE: con prolongación calle Mariano Moreno.- AL OESTE: con pro-huerta  Fundación Carmo Lamas.- *Como elemento práctico se adjunta croquis como Anexo I del presente marco legal.

ARTICULO 2º: Nominar las calles y Avenidas del Barrio Antártida Argentina de conformidad a los nombres transcriptos en el ANEXO  I de la presente norma legal.

ARTÍCULO 3º El Departamento Ejecutivo procederá a cursar copia de la presente a Entidades prestadoras de servicios Públicos y Privados (correo, policía, Bomberos) y demás instituciones que estime corresponder.

ARTICULO 4º: Remítase al Departamento Ejecutivo para su promulgación y posterior publicación, regístrese. Comuníquese. Cumplido. Archívese.-

Sala de sesiones, 11 de abril de 2.019.-

 

Carlos Néstor Caliva

Presidente.-