BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 13/05/19

MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO

DECRETO N° 190/2.019-BIS.-

PERICO, 11 MAR. 2.019.-

VISTO

El Acta de Apertura de Sobres correspondiente a la Licitación Pública de Pasajeros de la ciudad Perico –Línea “A” y Línea “C”, llevado a cabo el día 18 de Diciembre de 2018; y

CONSIDERANDO

Que, efectuado el pertinente estudio y análisis de su contenido y correspondientes conclusiones, surge que la celebración del acta de apertura de sobres se realizó de conformidad con las previsiones legales de la Ordenanza 1305/2018, Decreto 998/2018 y Decreto 1011/2018. Así como las previsiones legales contenidas en la Licitación Pública N° 02/2018 del Transporte Publico de Pasajeros de Ciudad Perico.

Que, de la observación de la documentación acompañada, surge a las claras que las empresas presentadas- Santa Rosa, Santa Rita y San Francisco- solamente formularon ofertas respecto de la Licitación de la Línea A;

Que, del análisis del acta de apertura de sobres; de la documentación acompañada y principalmente del análisis de la comisión evaluadora, surge que ninguna de las empresas oferentes ha dado cabal cumplimiento a los requisitos contenidos en la Licitación Publica N° 02/2018 de Transporte Publico de Pasajeros de Ciudad Perico. En particular a las previsiones contempladas en el Art. 8 y 10 del Pliego de bases y condiciones.-

Que, habiendo existido omisiones a las formalidades y requisitos prescriptos en el pliego de bases y condiciones por parte de todos los oferentes presentados en la mencionada Licitación Publica, resulta procedente y necesaria la aplicación del artículo 13 del pliego de bases y condiciones.-

Que, consecuentemente y ante la falta de ofertas formuladas respecto de la concesión de la línea “C” de transporte urbano de pasajeros de Ciudad Perico, corresponde declarar desierta la licitación realizada para dicho recorrido del servicio público de Transporte Urbano;.

Que, asimismo y atento a la falta de cumplimiento de las empresas oferentes de la licitación pública para la línea “A” del servicio de transporte urbano de pasajeros de Ciudad Perico, en particular las contenidas en el Art. 13 del pliego de bases y condiciones, se impone declarar desierta la adjudicación de la línea “A” de transporte publico de pasajeros para la ciudad de Perico.-

Que conforme la situación planteada y ante la necesidad de no interrumpir la normal prestación del servicio público de transporte de pasajeros se impone la necesidad de dotar de continuidad a las empresas prestarías del servicio de transporte de pasajeros mediante el correspondiente Permiso Precario.-

Que, dicho PERMISO PRECARIO deberá ser otorgado hasta la fecha de la adjudicación del servicio de transporte público, mediante licitación pública a llamarse oportunamente.-

Que, es competencia del Órgano Ejecutivo hacer efectivo el resultado de las Licitaciones Públicas mediante el dictado del correspondiente acto administrativo;

Por todo ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PERICO EN ACUERDO DE SECRETARIOS DEL AREA EJECUTIVA

DECRETA

ARTICULO 1°.– Declarar DESIERTO el llamado a Licitación Pública para la Concesión de las siguientes Líneas “A” y “C” por las razones expuestas en los considerandos del presente Decreto.

ARTICULO 2°.- DISPONER a través de Asesoría Legal se proceda a la instrumentación de la documentación que fuere pertinente para dar continuidad a las adjudicaciones precarias de los servicios de transportes de pasajeros de los recorridos correspondientes a la Ciudad de Perico, hasta la fecha en que tales servicios sean adjudicados por Licitación Pública; debiéndose a tales efectos notificar por los medios pertinentes a las empresas que actualmente se encuentren prestando servicios dentro del ejido urbano de ciudad Perico.

ARTICULO 3°.– DISPONER a través de la Secretaria de Hacienda se realice el nuevo llamado a Licitación Publica para la cobertura del servicio de transporte público de pasajeros de Ciudad Perico, fijándose en dicho instrumento legal las condiciones de contratación de conformidad al correspondiente pliego de Bases y Condiciones.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese. Publíquese. Cumplido Archívese.-

 

Rolando P. Ficoseco

Intendente