BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 03/05/19
Nº 24.- Escritura Numero Veinticuatro.- Sección “A”.- Cesión de Cuotas Sociales de “PERESSIN HERMANOS S.R.L.”: otorgada por Pablo Daniel Peressin a favor de Silvana Paola Peressin y Dora Elisa Paoloni.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a Veintidós días del mes de Enero del año Dos mil diecinueve, ante mí, Escribana Andrea Raquel Romero Zampini, Titular del Registro Notarial número Cuarenta y cinco, comparecen, por una parte el señor Pablo Daniel Peressin, Documento Nacional de Identidad número Treinta y cuatro millones trescientos sesenta mil cuatrocientos sesenta y cuatro, CUIL/CUIT 20-34360464-6, argentino, de 29 años de edad, nacido el día 28/03/1989, soltero, comerciante, con domicilio real y fiscal calle Los Andes N° 105, Barrio Almirante Brown de esta Ciudad, y por la otra parte lo hacen las señoras Dora Elisa Paoloni, Documento Nacional de Identidad número Diez millones seiscientos dieciséis mil quinientos setenta y uno, CUIL/CUIT 27-10616571-3, argentina, de 65 años de edad, nacida en fecha 26/03/1953, divorciada, comerciante, mayor de edad, hábil, con domicilio real y fiscal en calle Los Andes Nº 105 esquina Las Heras, Barrio Almirante Brown de esta Ciudad, y Silvana Paola PERESSIN, Documento Nacional de Identidad número Treinta y un millones ochocientos cuarenta y seis mil quince, CUIL/CUIT 24-31846015-5, argentina, de 33 años de edad, nacida el día 29/10/1985, soltera, contadora, con domicilio real y fiscal calle Los Andes N° 105, Barrio Almirante Brown de esta Ciudad.- Los comparecientes son mayores de edad, hábiles y personas identificadas conforme la legislación vigente – art. 306, inciso b del C.C. y C.N.- Y los comparecientes declaran: -que concurren por sus propios derechos y además en su carácter de únicos socios de “PERESSIN HERMANOS S.R.L.”; -que prestan conformidad a la incorporación de sus datos a los ficheros de la notaría y a las remisiones de cumplimiento, las que autorizan; y -que no poseen restricciones a su capacidad; doy fe.- A.-) CESION: Los comparecientes, manifiestan: PRIMERO: Que el señor Pablo Daniel Peressin, CEDE y TRANSFIERE a favor de la señora Silvana Paola Peressin, Cuatrocientas noventa y cinco (495) cuotas sociales, que tiene y le corresponden de la razón social “PERESSIN HERMANOS S.R.L.”.- SEGUNDO: Los señores Pablo Daniel Peressin y Silvana Paola Peressin, declaran que el Precio de la cesión se estipuló en la suma de Pesos Un millón ochenta y seis mil cincuenta y cuatro con setenta y cinco centavos ($1.086.054,75), el que declaran fue abonado mediante transferencia bancaria a la cuenta corrientes del cedente N° 21009417563124 del banco MACRO, CBU 2850210830094175631241, tal como lo acreditan con comprobante N°7611780, el cual en copia certificada incorporo al legajo de comprobantes de la presente escritura, por lo que, en consecuencia el señor Pablo Daniel Peressin otorga a la señora Silvana Paola Peressin formal carta de pago y recibo, sirviendo a tales efectos, el presente instrumento. Asimismo el cedente declara que conoce y por tanto acepta la normativa emergente de la ley 25.345, renunciando a cualquier acción futura que pudiera corresponderle, derivada de la misma.- TERCERO: Que el señor Pablo Daniel Peressin, CEDE y TRANSFIERE A TITULO gratuito a favor de su madre Dora Elisa Paoloni, Cinco (5) cuotas sociales, que tiene y le corresponden de la razón social “PERESSIN HERMANOS S.R.L.”.- CUARTO: El cedente transfiere a favor de las cesionarias todos los derechos y acciones emergentes que le corresponden y/o le pudieran corresponder sobre las cuotas cedidas, en consecuencia las cesionarias subrogan en todos sus derechos y acciones al cedente y ocupan su mismo lugar, grado y prelación en cuanto a las cuotas que a cada una de las cesionarias le fueron cedidas por éste acto.- QUINTO: Las señoras Dora Elisa Paoloni y Silvana Paola Peressin, ACEPTAN la presente cesión en todos sus términos.- SEXTO: El cedente renuncia a efectuar cualquier reclamo derivado del derecho de acrecer utilidades o resultados no asignados, ni respecto a los saldos de las cuentas particulares.- SEPTIMO: La presente cesión comprende el activo y el pasivo que a el cedente le corresponden por su condición de titular de las cuotas cedidas, en virtud de lo cual las cesionarias asumen todas las obligaciones fiscales y/o cargas impositivas y/o previsionales de las que la sociedad fuere deudora desde su constitución hasta la fecha.- OCTAVO: El cedente declara que no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes y que las cuotas sociales no registran embargos, ni gravámenes de ninguna naturaleza.- NOVENO: En consecuencia el capital social de la empresa queda conformado en la siguiente proporción: la socia Silvana Paola Peressin: la cantidad de Novecientas noventa y cinco (995) cuotas de valor nominal Pesos Mil quinientos noventa y dos con noventa y cinco centavos ($1.592,95); y la socia Dora Elisa Paoloni: la cantidad de Cinco (5) cuotas de valor nominal Mil quinientos noventa y dos con noventa y cinco centavos ($1.592,95).- DECIMO SEGUNDO: Los comparecientes dejan expresa constancia: -que el señor Pablo Daniel Peressin deja de formar parte de la sociedad; y – que la señora Dora Elisa Paoloni, es una socia rentista de la sociedad por lo que no tiene funciones en la sociedad.- Declaraciones Complementarias: Los comparecientes, manifiestan en el carácter de declaración jurada, lo siguiente: -Que conocen el contenido de la Resolución de la UIF N°11/11 y que no están incluidos y/o alcanzados por la nómina de funciones de personas políticamente expuestas; -Que la sociedad mantiene su sede social en Avenida Almirante Brown N° 899, planta alta, Barrio Almirante Brown de esta Ciudad –Que el origen de los fondos utilizados para la presente operación es lícito y que provino de la distribución de utilidades de la empresa a favor de la señora Silvana Paola Peressin y- Que la sociedad posee el siguiente correo electrónico: silvanaperessin@hotmail.com; doy fe.- B.-) DESIGNACION DE GERENTE: Las socias de PERESSIN HERMANOS S.R.L., designan como socio gerente a la señora Silvana Paola PERESSIN, quien acepta expresamente el cargo que le es conferido.- Los socios por unanimidad resuelven otorgar a la socia gerente las más amplias facultades de administración y disposición de los bienes muebles –registrables o no- e inmuebles de la sociedad, por lo que no necesitará autorización expresa del otro socio para realizar dichos actos, ya que ello es necesario para el mejor desarrollo de la sociedad.- C.-) Apoderamiento: Se confiere PODER ESPECIAL a favor de la Escribana actuante, para que realice todas las gestiones necesarias para obtener la oportuna inscripción registral de la presente cesión, con facultad para contestar observaciones, interponer y sostener recursos y en general realizar cuantos más actos, gestiones y diligencias fueren conducentes para el mejor desempeño del presente.- D.-) Acreditación: Se acredita la existencia de “PERESSIN HERMANOS S.R.L.”, y el carácter de únicos socios de los comparecientes, a merito 1) Constitución de Peressin Hermanos S.R.L., Escritura Nº 158 de fecha 17 de Diciembre de Dos mil quince, autorizada por el escribano Guillermo Francisco Ricci, Adscrito al Registro Notarial Nº 45 de esta Ciudad, 2) Aumento de Capital de Peressin Hermanos S.R.L., Escritura Nº 55 de fecha 15 de Abril de Dos mil dieciséis, autorizada por el escribano Guillermo Francisco Ricci, Adscrito al Registro Notarial Nº 45 de esta Ciudad, la cuales constan inscriptos en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, bajo Folio Nº 281, Acta N° 281, Libro V de SRL y con copia bajo Asiento N° 27, Folio 297/316 del Legajo XXI, Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., ambas en fecha 02 de Junio de 2016; instrumento que otorga facultades suficientes y en que en original tengo a la vista y en copia certificada incorporo al Legajo de Comprobantes de la presente escritura; doy fe.- Inhibición: Según Certificado B Nº 803 de fecha 21 de Enero de 2019, emitido por el Registro Inmobiliario de Jujuy, surge que el cedente no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes, esta constancia se anexa al Legajo de Comprobantes de la presente escritura, doy fe.- Previa lectura y ratificación firman los comparecientes, ante mí, doy fe.- Firmado: Hay tres firmas ilegibles, ante mí: ANDREA ROMERO ZAMPINI, está mi sello notarial.- CONCUERDA con su Escritura Matriz, la cual autoricé en el Protocolo del Registro Notarial número Cuarenta y cinco, del cual soy Titular, doy fe.- Expido éste 1° TESTIMONIO en tres fojas de Actuación Notarial número B-00064994, B-00064995 y B-00064996, para LAS CESIONARIAS, en el lugar y a la fecha de su otorgamiento.- ESC. ANDREA R. ROMERO ZAMPINI- TIT. REG. Nº 45 – S.S. DE JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 23 de Abril de 2019.-
JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
03 MAY. LIQ. Nº 17415 $300,00.-