BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 24/02/17
EXPTE. Nº 300-536/14.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 FEB. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Otórgase Personería Jurídica a favor de la “ASOCIACION CIVIL UNION DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE JUJUY”, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de treinta y cinco (35) Artículos y, como Escritura Pública N° 198/16 del Registro Notarial N° 53 de Jujuy, corre agregados ;fs.83 a 89 vta. de autos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR