BOLETÍN OFICIAL Nº 47 – 24/04/19

Dr. Juan Pablo Calderón, Juez Habilitado del Juzgado de Primera Instancia Civil y comercial Nº 9 – Secretaria Nº 18, en el Expte. Nº D-023234/18, caratulado: “Desalojo: Domenech, María Esperanza c/ Ramos, Norma Beatriz”, se ha dictado la providencia que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 28 de Marzo de 2019. I.- Visto el escrito que antecede a fs. 65, no habiéndose presentado los demandados a contestar demanda, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 388 del CPC; dese por decaído el derecho a contestar demanda y llámese autos sin más trámite. II.- Notifíquese por cedula. Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón – Juez Por Habilitación – ante mí -Dra. Mariana Palavecino – Prosecretaria Técnica Administrativa”.- San Pedro de Jujuy, 28 de Marzo de 2019.-

 

22/24/26 ABR. LIQ. 17327 $615,00.-